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Tribuna
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El eterno retorno de las bonificaciones sociales

Cambian las reglas laborales y siempre vuelven las bonificaciones sociales a los contratos de trabajo indefinidos. Este nietzscheano eterno retorno ha vuelto a tener otra manifestación en el reciente Decreto-Ley 3/2014 (BOE 1 de Marzo) con una nueva forma jurídica denominada “tarifa plana” en las cuotas de seguridad social. En esta ocasión, en vez de recibir la empresa subvenciones directas o de aplicar reducciones a sus cuotas, se utiliza la sencilla fórmula de establecer una cuantía fija como cuota de Seguridad Social por contingencias comunes en los contratos indefinidos suscritos desde el 25 de Febrero de 2014 hasta el 31 de Diciembre de 2014 : 100 euros en trabajadores a tiempo completo y 75 o 50 euros en trabajadores a tiempo parcial conforme a la jornada pactada.

Esta “tarifa plana” no es más que una repetición de las constantes bonificaciones sociales a los contratos indefinidos con la singularidad, esta vez, de su sencillez y de su extensión a cualquier empresa y trabajador, sin distinción, ni de tamaño de la organización empresarial, ni de colectivos laborales específicos. Esta opción generalizada llama la atención al contradecir recientes bonificaciones sociales más selectivas, como las articuladas en la Ley 11/2013 o en el dejado en fuera de juego definitivamente contrato de emprendedores de la reforma laboral 2012, pero, más allá de ello, tiene efectos colaterales en el mercado de trabajo que merecen ser valorados.

La medida puede intensificar el siempre constatado efecto sustitución propio de las bonificaciones sociales : sustituir a trabajadores por otros para pagar menos seguridad social. En este caso, la sustitución se facilita porque la “tarifa plana” no se impide ante nuevas contrataciones indefinidas cuando existan despidos individuales por causas empresariales, muy flexibilizados tras la reforma laboral 2012, ejerciendo sólo de contención las sentencias de despidos improcedentes y los despidos colectivos. Es probable, por tanto, que un primer efecto de esta opción sea la destrucción de empleo a través de estas vías individuales para su recuperación con un menor coste de seguridad social.

La “tarifa plana” puede operar, a su vez, como cauce de transformación de contratos temporales en fijos en las empresas, aprovechando la generosa rebaja de cuotas sociales. Pero no se contempla específicamente el supuesto de la conversión como pasarela a la bonificación social. De tal modo, que puede suceder que el trabajador temporal vea extinguido su contrato y vuelto a contratar como fijo, en un nuevo efecto de destrucción y recuperación del mismo empleo.

El exigido mantenimiento del empleo neto durante 36 meses para conservar la “tarifa plana” es igual de relativo cuando se admiten despidos individuales por causas empresariales y se abren puertas con los trabajadores temporales, siendo, además, muy compleja la gestión de este tipo de control público.

Pero más allá de estos efectos colaterales, resulta sorprendente que, en apenas dos meses, se hayan subido con gran impacto económico las bases de cotización a la seguridad social (Decreto-Ley 16/2013) y que ahora se instale una “tarifa plana” con estas cuantías tan generosas. Las empresas que conservaron su empleo durante la crisis son castigadas con costes sociales más altos mientras que las que lo destruyeron podrán contratar ahora con un coste muy reducido. No parece ni justa ni razonable esta consecuencia, al margen de que va a fomentar precisamente el efecto sustitución para lograr la ventaja ante la anterior subida del coste social.

El problema de los eternos retornos, que repiten más de lo mismo, es el hastío y la confortabilidad en los errores de lo vivido, que incluso pueden reiterarse con mayor intensidad, como sucede en esta ocasión. Pero el eterno retorno puede tener otra dimensión, como nos enseñó Nietzsche a través de Zaratustra, que se puede volver a vivir cíclicamente de nuevo, pero ya sin temor. Da la sensación de que el círculo de las bonificaciones sociales intenta políticamente evitar otros instrumentos, como el contrato indefinido único o la generalizada reducción de cotizaciones a la seguridad social, que alcanzarían mucha más eficacia en la generación de empleo nuevo fijo sin estos efectos perversos. Quizás debería llegar el momento de repetir lo mismo pero ya sin miedo.

Jesús Lahera Forteza es profesor titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense y consultor de Abdón Pedrajas & Molero.

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