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La remuneración variable estará condicionada a la solvencia de la entidad

La banca sólo podrá garantizar el pago de bonus a sus fichajes y durante un año

El gobernador del Banco de España, Luis María Linde (i), conversa con el presidente de la Asociación Española de la Banca, Miguel Martín,
El gobernador del Banco de España, Luis María Linde (i), conversa con el presidente de la Asociación Española de la Banca, Miguel Martín,EFE
Juande Portillo

El Ministerio de Economía hizo público ayer el texto inicial del Anteproyecto de Ley de supervisión y solvencia de entidades de crédito anunciado el pasado viernes que, entre otras cosas, extenderá al conjunto del sector financiero algunas limitaciones en materia retributiva que hasta la fecha sólo se habían impuesto sobre entidades nacionalizadas.

Una de las principales novedades del texto es que regula en profundidad la retribución variable que pueden percibir los directivos de la banca. El texto, entre otras cosas, establece que los bonus deberán ir claramente ligados a resultados de forma que “sea posible no pagar esos componentes” si el directivo o la entidad no cumplen sus objetivos.

El anteproyecto, de hecho, establece que la remuneración variable sólo podrá garantizarse con “carácter excepcional” cuando “se contrate personal nuevo”, es decir, si la entidad hace un fichaje, en cuyo caso sí que podrá prometérsele un bonus que “se limitará al primer año de empleo”.

Sanciones más duras

El anteproyecto de ley también endurece las sanciones que pueden imponerse a la banca y establece un plan de supervisión anual por parte del Banco de España al que se da libertad para abrir más inspecciones presenciales en las entidades.

Este bonus, como el del resto de directivos de la firma, en todo caso, estará condicionado a que “la entidad posea una base de capital sana y sólida”, es decir, que quedará sujeto a que la entidad cumpla con los requisitos mínimos de solvencia exigidos.

La norma, que será tramitada en el Parlamento para su previsible aprobación en marzo, también desarrolla algunos de los puntos que entrarán en vigor el 1 de enero por el real decreto ley que se aprobó en paralelo el pasado viernes.

Así ocurre con la limitación sobre la retribución variable de los directivos, que no podrá superar a su salario fijo, a no ser que cuenten con el visto bueno de dos tercios del accionariado de la entidad –sin contar con el voto de los beneficiados– en cuyo caso el bonus podrá alcanzar como máximo un 200% del sueldo fijo. La decisión, no obstante, deberá ser argumentada ante el Banco de España.

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