Periodos de pago e impuestos
El Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha la posibilidad, recurrentemente demandada por las pequeñas empresas, de acogerse a una gestión de caja del impuesto del valor añadido, consistente en hacer efectivo el pago del impuesto en el momento mismo en que se cobra la factura y no en el momento que se emite. Este régimen lleva consigo la obligación de retrasar también la deducción por el impuesto al momento del abono del mismo, lo que convierte en una pequeña dificultad lo que era considerado un pequeño alivio en la liquidez. Esta circunstancia está limitando la iniciativa, y se estima que solo el 10% de las empresas que podrían acogerse a este mecanismo fiscal (deben facturar menos de dos millones de euros) lo aplicarán, aunque las asociaciones de autónomos creen que el problema es de escasez de tiempo para comunicarlo a la Agencia Tributaria. En 2014 veremos cuál es el efecto para los contribuyentes y para la Hacienda.
La demanda de abonar el impuesto cuando se cobra un producto o un servicio tiene toda la lógica; pero para evitar las distorsiones entre el cobro y la deducción, la Administración debe forzar un estrechamiento de los periodos de pago, porque no beneficiará solo a las empresas que venden, sino también a la Agencia Tributaria que ingresará de inmediato el impuesto.