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Guindos solicitó un cambio la semana pasada

El Banco de España revisará su régimen de incompatibilidades

El gobernador del Banco de España, Luis María Linde.
El gobernador del Banco de España, Luis María Linde.EFE

El ministro de Economía, Luis de Guindos, anunció la semana pasada un cambio legislativo para modificar régimen de incompatibilidades en el Banco de España. Aunque la norma no tiene carácter retroactivo, va dirigida directamente a la candidatura de José María Roldán, director general del Banco de España hasta hace unas semanas, como presidente de la AEB.

El Banco de España ya ha movido ficha, y ayer acordó "encomendar a la secretaría general que, previos los análisis e informes que se consideren necesarios, proceda a elaborar una propuesta de adaptación del Reglamento Interno del Banco de España", según explica el supervisor en una nota. El objetivo, ajustar la normativa de incompatibilidad con la del resto de los cargos públicos.

"La regulación aplicable a los directores generales del Banco de España presenta por lo tanto diferencias con la normativa general del sector público estatal que resulta conveniente abordar, teniendo en cuenta, asimismo, los criterios aplicados por el Banco Central Europeo (BCE)", explica el regulador que dirige Luis María Linde. 

El régimen de incompatibilidades aplicable a los directores generales del Banco de España está fijado en el Reglamento Interno del Banco de España desde 1996, cuando se estableció una incompatibilidad absoluta para incorporarse a entidades sujetas a la supervisión del Banco de España durante un período de seis meses posterior al cese en el cargo.

Como en el caso del gobernador y del subgobernador, y a diferencia de lo establecido para los altos cargos del sector público estatal, dicho régimen, más restrictivo si bien durante un período inferior [seis meses en lugar de dos años], impide a los directores generales del Banco de España realizar cualquier actividad relacionada con el sector bancario aunque no hubieran adoptado acuerdo alguno respecto a la entidad a la que pretendan incorporarse. Esta limitación afecta igualmente a la posible incorporación de los directores generales del Banco de España a cualquier asociación representativa de entidades de crédito.

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