_
_
_
_
En su edición del sábado 28 de septiembre

El BOE publica la Ley de Emprendedores

Disminución del 20% en los rendimientos netos de la declaración del IRPF para pymes Los extranjeros que adquieran propiedades inmobiliarias obtendrán más facilmente la residencia

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (izquierda) junto al presidente de la Federación Nacional de Trabajadores de Autónomos (ATA), Lorenzo Amor (centro), y el presidente del BBVA, Francisco González.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (izquierda) junto al presidente de la Federación Nacional de Trabajadores de Autónomos (ATA), Lorenzo Amor (centro), y el presidente del BBVA, Francisco González.EFE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, cuya entrada en vigor se producirá mañana.

Entre otras medidas, esta ley recoge la creación de un régimen especial de criterio de caja en el IVA para autónomos y pymes que les permitirá evitar tener que ingresar este impuesto hasta que hayan cobrado las facturas. Asimismo extiende la tarifa plana de 50 euros durante seis meses para todos los nuevos autónomos, independientemente de su edad; y la reducció de esta cuota a 125 euros lo seis meses siguientes y una reducción del 30% el siguiente semestre.

Otra de las iniciativas es la disminución del 20% en los rendimientos netos de la declaración del IRPF y una exención completa de este impuesto cuando se capitalice la prestación por desempleo. Por otra parte, con esta ley el Gobierno facilitará y agilizará la concesión de permisos de residencia a extranjeros que realicen adquisiciones inmobiliarias en España por encima del medio millón de euros.

También se beneficiarán de las medidas quienes adquieran deuda pública por encima de dos millones de euros o aquellas iniciativas que tengan impacto en la creación de puestos de trabajo o de innovación científica o tecnológica. En otro orden de cosas, la nueva norma establece la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), lo que llevará a que la responsabilidad derivada de las deudas empresariales no afecte a su vivienda habitual si el capital pendiente no supera los 300.000 euros.

Entre las medidas que retrasan su entrada en vigor está por ejemplo la obligación de los emprendedores de apuntar en formato electrónico de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. Asimsimo, los concursos declarados antes de la fecha de entrada en vigor de esta norma, seguirán rigiéndose hasta su terminación por la normativa concursal anterior a esta Ley.

Más información

Archivado En

_
_