La CNMV pone límites a los sueldos de los gestores de ‘hedge funds’
Los hedge funds (fondos de inversión libre, según la terminología española) son conocidos por el gran público debido a la intervención en los mercados financieros, muchas veces calificada de especulativa, y también por los elevados sueldos que cobran sus gestores.
Los 25 gestores de hedge funds mejor pagados del mundo se embolsaron en total más de 14.000 millones de dólares (unos 10.400 millones de euros) en concepto de sueldo el año pasado, según la publicación especializada Bussiness Insider. La cantidad es espectacular pese a que fue la más reducida desde el año 2008.
En la lista aparecen gestores como Daniel Loeb, de la gestora Third Point y que ganó 380 millones de dólares en 2012, como David Shaw (con un salario de 530 millones de dólares en la firma D.E. Shaw) o como Leon Cooperman (560 millones de dólares ganados en Omega Advisors).
Pues bien, el supervisor de los mercados europeos (ESMA, por sus siglas en inglés) ha decidido tomar cartas en el asunto. Así ha publicado unas directrices sobre políticas de remuneración que ya han entrado en vigor y que el supervisor que preside Elvira Rodríguez ha hecho suyas. “La CNMV va a tener en consideración estas directrices en sus procedimientos de supervisión, habida cuenta de que estas desarrollan obligaciones relativas a las políticas remunerativas y sus exigencias de transparencia”, explica el supervisor en una nota. El organismo añade que las tendrá en cuenta porque desarrollan obligaciones que se recogen tanto en normativa nacional (la circular de control interno de las sociedades gestoras de fondos de inversión) como en la directiva europea de 8 de junio de 2011 relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos.
La norma comunitaria, de hecho, debió haber sido traspuesta a la legislación española el pasado 22 de julio pero al no haber sido así la CNMV ha publicado una aclaración en la que explica los criterios que seguirá.
De momento, las obligaciones respecto a las remuneraciones ya están completamente adaptadas. Estarán obligados a cumplirlas todos los altos directivos y los responsables de asumir riesgos en los hedge funds, en los fondos que invierten en hedge funds, en los fondos de inversión inmobiliaria y en las gestoras de capital riesgo.
Entre las directrices, aparece que “la remuneración variable solo podrá garantizarse en casos excepcionales, en el contexto de la contratación de nuevo personal y con carácter limitado al primer año”. Así, por regla general, la remuneración variable deberá ser “plenamente flexible hasta el punto de que sea posible no pagar ningún componente variable de la remuneración”.
“Para limitar la asunción excesiva del riesgo, la remuneración variable debe estar vinculada a los resultados y ajustarse por el riesgo”, se explica en el documento de la ESMA. Es más, el bonus podrá quedar notablemente disminuido en casos en que el fondo obtenga resultados “mediocres o negativos”.
Además, una parte de la remuneración variable deberá ser aplazada con el objetivo de comprobar que no hay sorpresas futuras. Ese porcentaje diferido variará entre el 40 %y el 60% del total, en función del impacto que el empleado (o categoría de empleado) pueda tener en el perfil de riesgo.
Una de las normas para “refundar el capitalismo”
Tras la quiebra de Lehman Brothers, ocurrida hace cinco años –fue el 15 de septiembre de 2008–, los políticos de ambos lados del Atlántico hablaron de encontrar una tercera vía para la economía de mercado. El entonces presidente francés, Nicolas Sarkozy, anunció su intención de “refundar el capitalismo” para reconstruir, “partiendo de cero”, el sistema financiero internacional, en una suerte de Bretton Woods, los acuerdos que tuvieron lugar después de la II Guerra Mundial y con los que se pusieron las reglas de juego de los países industrializados En estos acuerdos se decidió la creación del Banco Mundial y la del Fondo Monetario Internacional (FMI) y tambie´n se adoptó el dólar como moneda internacional.
Pues bien, la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2011 relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos fue una de las normas auspiciadas por la Unión Europea para poner límites a determinadas ineficiencias de los mercados.
“Los gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA) son responsables de la gestión de un volumen significativo de activos invertidos en la Unión; a ellos corresponde un volumen significativo de negociación en los mercados de instrumentos financieros, y pueden ejercer una considerable influencia en los mercados y las empresas en las que invierten”, señala el texto, que entró en vigor el pasado 22 de julio.
En el documento, se hace mención a “las dificultades a las que se han enfrentado los mercados financieros han puesto de manifiesto la vulnerabilidad de muchas de las estrategias de los gestores de fondos de gestión alternativa frente a alguno o varios de los riesgos importantes que afectan a los inversores, a los demás participantes en el mercado y a los mercados”.