Hacienda asumirá la política fiscal de comunidades que no paguen en plazo
La pérdida de competencias tributarias supone una medida coercitiva de última instancia El objetivo es que comunidades y ayuntamientos paguen en 30 días
Las deudas deben pagarse en plazo. Bajo esta premisa, el Consejo de Ministros dio luz verde el pasado viernes al anteproyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el sector público que contempla un largo listado de medidas para que comunidades y ayuntamientos paguen a sus proveedores en 30 días como máximo, el plazo que establece la normativa vigente.
Todas las Administraciones Públicas deberán elaborar y publicar un nuevo indicador, el período medio de pago a proveedores (PMP), y Hacienda realizará un seguimiento. ¿Qué sucede si una comunidad supera el plazo máximo? La legislación obligará a las comunidades a actualizar su plan de tesorería e incluir los recursos para pagar a tiempo. Si el problema persiste y una autonomía paga por encima de los 60 días durante dos meses consecutivos, entrarán en juego medidas automáticas de corrección: Hacienda retendrá fondos del sistema de financiación de las comunidades incumplidoras. Además, los Ejecutivos de estas autonomías deberán aprobar acuerdos de no disponibilidad presupuestaria y cualquier operación de endeudamiento requerirá de la autorización del Estado.
Si una comunidad, tras todos estos procesos, sigue pagando con retraso sus deudas comerciales, se aplicarán las denominadas medidas coercitivas que contemplan la posibilidad de que Hacienda asuma competencias normativas que tienen los Ejecutivos autonómicos en tributos cedidos. Así, el Ejecutivo central podrá decidir si sube, por ejemplo, el tramo autonómico del IRPF o si quita deducciones en un determinado territorio. También podría optar por elevar el impuesto sobre transmisiones o sobre el patrimonio. Fuentes de Hacienda recalcaron que confían en no llegar a esa situación y aseguraron que hay muchos pasos intermedios para evitar que una comunidad pueda llegar a perder sus competencias fiscales.
De hecho, las medidas coercitivas ya se contemplan en la Ley de Estabilidad Presupuestaria que tiene como objetivo el control del déficit y la deuda pública. Ahora, esta mayor supervisión de Hacienda sobre las cuentas autonómicas se extiende también a la deuda comercial En la misma línea de lograr que se abonen las deudas, el Ejecutivo ha puesto en marcha un nuevo plan de pago a proveedores que, a diferencia del anterior, incluye las deudas del tercer sector. De hecho, tendrán prioridad de cobro las entidades sin ánimo de lucro que trabajan con niños, discapacitados y personas mayores. Los conciertos sanitarios, educativos y sociales también tendrán preferencia.
Por primera vez, el plan de pago a proveedores también servirá para abonar deudas que las comunidades tienen con los ayuntamientos. Y los municipios, por su parte, también podrán recurrir a este préstamo para saldar las deudas originadas por sentencias firmes de expropiación. Como el programa anterior, las condiciones financieras incluirán dos años de carencia y un plazo de devolución de diez años.