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¿Qué cláusulas incluye?

Así es el convenio arbitral que firman los preferentistas de Bankia

El convenio arbitral que firman aquellos afectados por las preferentes de Bankia que han pasado el filtro implica la renuncia a cualquier otra forma de reclamación

Sede de Bankia en Madrid.
Sede de Bankia en Madrid.Pablo Monge

El proceso para solicitar el arbitraje para las preferentes y la deuda subordinada en Bankia es relativamente sencillo. Primero se solicita el arbitraje, se rellenan los documentos, se entregan en la sucursal, después KPMG dice si Bankia acepta o no someterse al procedimiento. En caso de que la entidad esté dispuesta, el cliente también ha de dar el “sí” y firmar el convenio arbitral, que puede consultarse en Cincodias.com.

Con el visto bueno de ambas partes, finamente la solicitud de arbitraje se remite al Instituto Nacional de Consumo. La decisión de sus árbitros tiene la validez de una sentencia y no es recurrible a menos que el cliente demostrara un grave error de procedimiento.

Fuentes jurídicas dudan de que la renuncia de acciones judiciales sea aplicable si finalmente hubo delito en la venta de preferentes.Consideran que esa renuncia se aplicaría solo a la vía civil, no a la penal.

El proceso para acogerse al arbitraje de Bankia, la entidad con más número de potenciales reclamantes (unos 300.000), dio comienzo el pasado 18 de abril y finalizará el próximo 30 de junio. Ya tiene más de 110.000 solicitudes, de las que KPMG ha aceptado más de 66.000. El número de laudos alcanza los 70, todos favorables a los clientes.

A cierre de marzo, BFA-Bankia tenían en circulación híbridos por 4.956 millones de euros comercializados entre unos 200.000 pequeños inversores, según el informe de la Comisión de Seguimiento de Híbridos publicado el pasado mayo. Pero también pueden solicitar el arbitraje los alrededor de 100.000 dueños de 1.155 millones de euros en preferentes y bonos subordinados canjeados en marzo del año pasado.

Posibles repercusiones

El convenio del Instituto Nacional de Consumo especifica que la renuncia a acciones futuras es “a efectos meramente enunciativos (pero no limitativos)”, de manera que “deja un poco en el aire si se podrá reclamar por la vía penal si uno se somete al arbitraje”, según Santiago Viciano, socio fundador de V Abogados.

Viciano advierte también de que el convenio abre la puerta abierta a que, en el caso de que un cliente esté en juicio por las preferentes y finalmente se decante por el arbitraje, Bankia pueda exigir el pago de las costas procesales por el desistimiento por parte del demandante (es decir, el cliente, que primero intentó la vía judicial para recuperar su dinero).

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