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La vivienda habitual y su fiscalidad en el IRPF

La vivienda habitual, si bien no tributa en el IRPF, sí genera una serie de deducciones y exenciones cumpliendo una serie de requisitos.

Deducción por inversión en vivienda habitual

Desde el 1 de enero de 2013, ha sido eliminada, la deducción por inversión en vivienda habitual. Sin embargo, a pesar de la eliminación, podrán seguir aplicándose dicha deducción:

Cuenta ahorro vivienda

Se suprime, a partir del 1 de enero de 2013, la deducción por cuenta ahorro vivienda. Sin embargo, se establece un régimen transitorio para los contribuyentes que con anterioridad al 1 de enero de 2013 hubieran depositado cantidades en cuentas vivienda, siempre que en dicha fecha no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años desde la apertura de la misma, podrán optar en la declaración de 2012 entre: (1) proceder a la inversión en un plazo de 4 años desde la primera aportación o (2) devolver las deducciones ya practicadas hasta este año sin intereses de demora.

Exención en la venta para mayores de 65 años

Exención por reinversión

En el caso de las personas menores de 65 años que vendan su vivienda habitual obteniendo por ello una ganancia patrimonial, podrían tenerla exenta si cumplen los siguientes requisitos:

Si la reinversión es parcial, se exonera la parte proporcional al importe que se ha reinvertido.

Paula Satrústegui

@abanteasesores

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