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Hacienda quiere que las indemnizaciones millonarias paguen más impuestos

Los 'despidos dorados' y los blindajes pasan por caja

Desde hace algunas semanas una idea ronda la cabeza del equipo que dirige Cristóbal Montoro: "hay que penalizar fiscalmente las indemnizaciones millonarias que reciben algunos altos ejecutivos de numerosas empresas del sector privado en caso de despido improcedente".

Anunciar a bombo y platillo que las administraciones públicas y sus organismos autónomos dependientes también podrán aplicar despidos colectivos con indemnizaciones de 20 días por año trabajado en determinadas circunstancias y, al mismo tiempo, tener que leer diariamente en la prensa cuán magros son algunos despidos de los altos ejecutivos de las principales empresas españolas es cada vez más difícil de explicar a la opinión pública y, sobre todo, de digerir por parte de los máximos responsables de Hacienda.

Por ello, desde hace algunas semanas una idea ronda la cabeza del equipo que dirige Cristóbal Montoro: "hay que penalizar fiscalmente las indemnizaciones millonarias que reciben algunos altos ejecutivos de numerosas empresas del sector privado en caso de despido improcedente", admiten fuentes oficiales.

Para ello, los técnicos de Hacienda estudian qué fórmula aplicar, según adelantaron La Vanguardia y El Mundo. Las mismas fuentes explicaron que primero "habrá que definir qué es una indemnización millonaria". Algunas fuentes fijan el listón en 300.000 euros, otras dicen que el ministro quiere ir mucho más allá. El punto de partida será el sistema actual.

¿Cómo tributan en la actualidad las indemnizaciones por despido? En la legislación laboral se contempla que cuando un trabajador es despedido por su empresa de manera improcedente, la indemnización que percibe, ya sea de 45 días por año trabajado (según la norma anterior a la reforma laboral) o de 33 días (en aplicación del nuevo marco legal) está exenta de tributar a Hacienda.

Reducción del 40%

Ahora bien, toda cantidad que reciba dicho trabajador por encima de esas cuantías (45 o 33 días por año) sí debe ser declarada a Hacienda. En este segundo caso, es decir, cuando se ha cobrado un despido más generoso de lo que establece estrictamente la ley, todo lo que exceda de esos máximos debe tributar como rentas extraordinarias en un solo ejercicio.

En aras de que esa tributación no castigara por igual a los despidos meramente generosos frente a los retiros multimillonarios de verdad, el PSOE introdujo en la pasada legislatura una cláusula por la que se establecía que en los primeros 300.000 euros de indemnización, el contribuyente tenía derecho a una reducción del 40% de la cantidad que debía declarar al fisco, el resto tributaría a su tipo marginal sin derecho ya a aplicar más reducciones.

Dada esta situación, Hacienda admite que una posible penalización sería reducir ese porcentaje del 40% a la mitad o incluso menos.

La otra opción es clara: en lugar de aplicar al resto de la indemnización el tipo marginal del contribuyente en función de sus rentas, decretar una retención de hasta el 75%, según se ha apuntado en algunos círculos próximos al Ejecutivo de Mariano Rajoy. "Cómo se va a hacer es algo que todavía se está estudiando, la fórmula del cómo no está clara. Lo que sí queremos es trasladar un mensaje a quienes perciben esta clase de indemnizaciones y es que van a tener que pagar más impuestos por ellas", declaran desde Hacienda.

Frente a quienes aseguran que la medida se quiere que entre en vigor el próximo 1 de enero, tampoco son tajantes. "El objetivo es perfilar el modelo para que pueda aplicarse cuanto antes, pero tampoco está decidido el cuándo", subrayan las mismas fuentes. Desde el Gobierno se pretende desvincular este proyecto a los límites establecidos para los sueldos en las empresas públicas y en las entidades financieras que hayan recibido ayudas públicas.

Sueldos en el sector público

"Son supuestos que nada tienen que ver. Una cosa son los salarios en las empresas públicas, donde el Ejecutivo es obvio que sí puede poner límites. Otra cosa es en las entidades financieras que han necesitado de fondos públicos para sanear sus cuentas, donde los contribuyentes no entenderían que Hacienda no estableciera condiciones. Y la tercera, muy distinta, es actuar sobre el ámbito de las indemnizaciones por despido en el sector privado", explican fuentes oficiales.

Hacienda sostiene que no se trata de impedir que los altos ejecutivos negocien con las compañías los llamados blindajes, que son las indemnizaciones que cobrarán cuando finalice su relación laboral con la compañía. Algunos de estos pagos pueden llegar a equivaler a dos años completos de salario o más.

"Las empresas son libres de pactar con sus ejecutivos las clásulas que estimen oportunas, pero dentro de muy poco esas indemnizaciones deberán tributar de otra manera", insisten.

La iniciativa, impulsada desde Moncloa por el presidente del Ejecutivo, Mariano Rajoy, pretende además lanzar un claro mensaje a la opinión pública: "los sacrificios en tiempos de crisis no deben recaer en los más débiles".

De hecho, con una medida de este tipo se estaría, en parte, respondiendo a las acusaciones del principal partido en la oposición, el PSOE, que tacha al Gobierno de favorecer a las clases más altas eludiendo la puesta en práctica de un nuevo impuesto para las grandes fortunas, tal y como han hecho otros países europeos.

Además, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ya puso la atención en uno de sus últimos informes sobre la necesidad de dotar de mayor transparencia a esta clase de indemnizaciones que reciben, entre otros, numerosos altos ejecutivos de las empresas que integran el Ibex 35 y resto de sociedades cotizadas.

Dicho organismo regulador calcula que solo en las empresas del índice selectivo habría más de 260 directivos cuyos contratos incluyen blindajes millonarios, remuneraciones que suelen contar con la única autorización del consejo de administración de la compañía de turno, siendo aprobadas, por tanto, al margen de la junta de accionistas.

Otras empresas, sin embargo, aseguran haber informado a la junta general de haber permitido la inclusión de este tipo de cláusulas. Solo resta por tanto saber el cómo y cuándo para concluir si será una medida puramente estética o algo más.

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