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La CNMV prorroga el veto a las posiciones cortas

Tres meses más de veto a la especulación bajista en la Bolsa española

La CNMV ha comunicado que prorroga otros tres meses la prohibición de especular a la baja con acciones españolas, veto que impuso el pasado mes de junio. El supervisor cita "el proceso de reestructuración en el que se encuentra inmerso el sector financiero español para cubrir las necesidades de capital del conjunto de la banca" como motivo para prorrogar la prohibición, que impedirá realizar apuestas bajistas con acciones españolas.

La prohibición impide realizar cualquier operación financiera que suponga para el inversor un beneficio en caso de que baje la cotización de cualquier acción admitida a negociación en España, según explica la propia Comisión. Estará en vigor hasta el 31 de enero, si bien el veto puede levantarse antes de este plazo.

La medida se implantó en julio, cuando la presión sobre la prima de riesgo y los mercados españoles era extrema, es decir, antes de que el BCE plantease las compras de deuda que han aliviado algo dicha presión del mercado. Antes de decretar la prórroga, la CNMV pidió un dictamen, no vinculante, de la asociación europea de supervisores de valores, ESMA. La ESMA considera la medida "apropiada y proporcionada para hacer frente a las amenazas que persisten en España y que su duración está justificada".

Como principal argumento a favor de la prohibición se cita la necesidad de recapitazar y sanear la banca a consecuencia del rescate solicitado en julio: "El proceso de reestructuración bancaria aún no está finalizado, lo cual genera una serie de incertidumbres sobre el sistema financiero español que podrían afectar a la estabilidad financiera. En este contexto, la no prohibición de la realización de operaciones de venta en corto añadiría incertidumbre a través de su probable impacto en el mercado".

Las posiciones prohibidas son las operaciones a la baja con futuros, opciones, warrants o contratos por diferencias, así como las operaciones a través de fondos cotizados o el préstamo de valores.

Con todo, la CNMV excluye algunos supuestos de la prohibición, esto es, las posiciones bajistas que se enmarcan en operaciones corporativas, las vinculadas a recompras de acciones, operaciones con convertibles o derechos de suscripción. La propia Comisión explica en su web el veto.

El pasado 19 de octubre la CNMV ya había prorrogado hace dos semanas la prohibición de adoptar posiciones cortas sobre valores del sector financiero. Pero el día de hoy entra en vigor un reglamento europeo sobre sobre las ventas en corto y determinados aspectos de las permutas de cobertura por impago, de modo que la CNMV informó a la ESMA de la intención de extender esta prohibición a todos los valores cotizados.

España es, desde mediados de septiembre, el único país europeo que mantiene restricciones a las operaciones bajistas en los mercados de valores, después de que Italia levantase su prohibición. Otros países, como Francia, también han mantenidos restricciones a las operaciones en Bolsa en algunos momentos durante la crisis.

De hecho, las primeras actuaciones de la CNMV contra las posiciones cortas datan de mayo de 2010, cuando el organismo supervisor obligó a que se comunicaran esas apuestas bajistas cuando excedieran del 0,2 % del capital de una compañía.

El 11 de agosto de 2011, la CNMV prohibió por primera vez esas actuaciones por la "extrema volatilidad" que existía entonces en los mercados bursátiles europeos, una medida que prorrogó en dos ocasiones hasta febrero de 2012, antes del veto decretado en julio.

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