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Por una denuncia de la Agencia Tributaria

El juez archiva la causa contra los dueños de Agrolimen por delito fiscal

El juzgado de instrucción número 4 de Barcelona ha archivado la causa por fraude fiscal abierta contra los seis hermanos Carulla, propietarios de la compañía alimenticia Agrolimen, tras concluir que los millones que se creían evadidos corresponden a una operación regular entre sociedades del grupo.

El juzgado de instrucción número 4 de Barcelona ha archivado la causa por fraude fiscal abierta contra los seis hermanos Carulla, propietarios de la compañía alimenticia Agrolimen, tras concluir que los millones que se creían evadidos corresponden a una operación regular entre sociedades del grupo.

En un auto, el juez Josep Maria Miquel Porres acuerda el sobreseimiento libre de las diligencias que abrió contra los Carulla a raíz de un informe de la Agencia Tributaria que cifraba en entre 400.000 y un millón de euros la cantidad defraudada por cada uno de los seis hermanos en el IRPF.

Hacienda sostenía que la familia Carulla había dejado de tributar por 61 millones de euros de beneficios a través de una operación de compraventa de acciones entre sociedades del grupo, algunas de ellas con sede en países con tratamientos fiscales favorables.

El juez instructor, sin embargo, ha llegado a la conclusión de que esos 61 millones investigados a raíz del informe de Hacienda derivan de operaciones regulares desarrolladas entre las sociedades de la corporación Agrolimen y no supusieron beneficios para los imputados, por lo que los Carulla no debían tributar por ellos en sus declaraciones del IRPF.

La investigación judicial sobre los seis hermanos propietarios de Agrolimen, uno de los grupos empresariales más importantes de Cataluña, parte de un informe de la Agencia Tributaria sobre la actividad del grupo en el ejercicio 2006-2007 que apuntaba indicios de fraude fiscal en la corporación a través de una compleja operación de ingeniería financiera.

La principal operación investigada en la causa contra los Carulla fue una compraventa de acciones entre las sociedades de la corporación Merimare -con sede en Holanda- y Arbor Invest, con la que Hacienda sospechaba que la familia había ocultado al fisco 61 millones de ganancias de la segunda de estas empresas.

Según el juez, en la investigación se ha comprobado, sin embargo, que los 61 millones de euros recibidos por Merimare fueron utilizados para la ampliación de capital de Agrolimen, que posteriormente la corporación usó para reducir créditos o saldos negativos de sus propias cuentas.

Para el juez, que siguió el rastro de ese dinero a través de las cuentas bancarias asociadas a Agrolimen, lo investigado "conduce a afirmar la regularidad de las operaciones desarrolladas todas ellas en el seno de las sociedades y sin lucro o beneficio de las personas físicas imputadas".

El instructor concluye que la compraventa de acciones investigada "fue una operación de autocartera controlada por las autoridades fiscales holandesas" en el marco de "una recolocación de fondos que, por sí misma, también constituye un motivo económico sólido por tratarse de una reorganización del grupo empresarial".

El juez Miquel Porres descarta también que las sociedades que Agrolimen tiene en Holanda sean de carácter instrumental, pese a la falta de empleados, y sostiene que su existencia está justificada por el empleo del servicio financiero externalizado de la EQUITY TRUST Co, "entidades históricamente reconocidas que prestan servicios de gestión mercantil bajo la supervisión y control del Banco Central de los Países Bajos".

El juez argumenta, además, que Merimare es una sociedad 'hólding' dedicada no a la producción, sino a la actividad de gestión del grupo y que las autoridades holandesas no han puesto objeción alguna a sus operaciones económicas, por lo que no existe motivo que permita "el levantamiento del velo" para la investigación de su actividad.

El auto reprocha a la Agencia Tributaria que haya llevado al juez a los Carulla, sin conocimiento de los propios investigados, en vez de optar por un procedimiento de inspección en el que los imputados hubieran podido ejercitar sus derechos.

"Dicha importante circunstancia hubiese permitido dirimir en sede administrativa la cuestión planteada ante esa jurisdicción y depurar, atendiendo a su resultado si procediese, la responsabilidad que hubiese lugar", señala el juez.

Respecto a las sospechas de la Agencia Tributaria de que Jordi Carulla habría eludido el pago de impuestos al tributar como no residente en España, el juez concluye que ha sido "ampliamente acreditada" la residencia del empresario en el Reino Unido, como demuestra su "constante e intensiva" actividad en ese país desde que fijó allí su residencia en 1998. EFE

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