Enmendar el IBI
Cerca de un 80% de las valoraciones catastrales de los inmuebles en España contienen errores que son subsanables, una circunstancia que provoca variaciones en su cálculo que en muchos casos son al alza y que tienen su reflejo en el recibo del impuesto de bienes inmuebles (IBI), repercutiendo en el contribuyente.
Cabe señalar de forma somera que el valor catastral se calcula en función de una serie de parámetros o características del inmueble, como la superficie, uso o destino y tipología constructiva, entre otros.
Esta realidad se ve agravada por el hecho de que varios municipios españoles prevén una subida significativa de la cuota de IBI mediante la aprobación de nuevas ponencias de valores de ámbito municipal. Se encuentran en esta situación ciudades como Palma de Mallorca (que aprobó la ponencia el 25 de junio de 2012), Zaragoza (la aprobó el 17 de mayo de 2012) y Oviedo (aprobada el 28 de junio de 2012), así como Pamplona y la provincia de Vizcaya, que aprobarán en 2013 sus nuevas ponencias de valores catastrales. En algunos casos, como ocurre con Palma de Mallorca, se prevé que los valores catastrales para el próximo año se incrementen una media del 80%.
Todo ello, además, coincide en el tiempo con el anuncio por parte del Gobierno de España del incremento de los tipos de gravamen para la cuota del IBI para este año y el próximo (2012 y 2013), una medida aprobada mediante el real decreto de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (30 diciembre 2011).
Ante este conjunto de circunstancias, es más necesario que nunca reducir el margen de error en el cálculo del IBI. ¿Cómo? Resulta imprescindible estudiar a fondo cada uno de los parámetros e indicadores que confluirán en el cálculo de estos nuevos valores catastrales, puesto que se realizan de modo masivo sin considerar las características específicas de los inmuebles.
Hay que tener en cuenta que existen numerosos errores en el cálculo del valor catastral, no solo por su falta de concordancia con la realidad inmobiliaria, sino también por la no adecuación a las actualizaciones de la normativa a aplicar. Ello repercute en el importe a pagar por parte de las empresas, que en su mayoría lo hacen sin cuestionarse si el importe es o no correcto, y no solo en concepto de IBI, sino también en el caso de otros tributos derivados del valor catastral.
Lo cierto es que frente a esta problemática es posible una optimización fiscal de este impuesto que puede suponer para las empresas un ahorro medio de entre el 10% y el 15%, y de hasta el 30% en algunos casos. Un ahorro que será bienvenido en estos tiempos de crisis.
Xavier Cazabon. Director general de F. Iniciativas y Grupo 63