Los bancos sanos deberán diseñar planes de choque por si su solvencia se deteriora
La tercera reforma financiera de Luis de Guindos incluye una sorpresa para las entidades sanas. Y es que absolutamente todos los bancos españoles deberán diseñar planes de choque para asegurar su viabilidad. El Banco de España deberá aprobarlos, tendrá capacidad para modificarlos y de exigir a las entidades toda una batería de medidas preventivas.
El Gobierno pretende dejar atados todos los cabos: quiere que las entidades pergeñen sus propios planes de reestructuración como medida preventiva. En realidad, supone poner la venda antes que la herida, por si acaso... El real decreto aprobado el viernes modifica la Ley sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito para que también los bancos sanos deban tener listo una especie de plan de choque con todas las medidas que podrían requerir en caso de que su viabilidad o solvencia sufriera algún peligro.
La modificación, no incluida en el borrador del real decreto que se conoció el jueves de la semana pasada, supone una suerte de anticipación al primero de los niveles de intervención: el de actuación temprana. Los dos siguientes serían el de reestructuración -cuando la entidad ya necesita fondos públicos por un periodo máximo de cinco años- y el de resolución ordenada, cuando se considera que el banco no es viable a medio plazo.
Así, el real decreto especifica que las entidades "elaborarán y mantendrán actualizado un plan general de viabilidad que contemple las medidas a adoptar para restaurar la viabilidad y la solidez financiera de la entidad en caso de que estas sufran algún deterioro significativo". Eso sí, el Banco de España deberá dar luz verde a estos planes de contingencia y podrá exigir que se modifiquen.
La clave está en que las entidades elaboren sus propias hojas de ruta y que además sean realistas en caso de que su viabilidad se vea comprometida, el supervisor bancario las evaluará y les deberá dar el visto bueno. En resumen, el Gobierno no quiere encontrarse con nuevos problemas, como los de CCM, CAM, Cajasur, Bankia, Banco de Valencia, Novagalicia o Catalunya Caixa sin que exista ni siquiera un plan inicial de actuación en caso de que el Estado se vea obligado a tomar cartas en el asunto.
Es más, si el organismo que dirige Luis María Linde discrepa sobre el contenido del plan de choque, o "de viabilidad" (como lo denomina el real decreto), podrá imponer a la entidad toda una batería de actuaciones. De hecho, son las contempladas como medidas preliminares en caso de resolución ordenada de una entidad, entre ellas limitar su exposición a riesgos, exigirle que venda activos, restringir y eliminar actividades o negocios e incluso reducir su tamaño.
No obstante, el real decreto solo menciona la necesidad de que las entidades dispongan del mencionado plan de choque y deriva a posteriores desarrollos legislativos su contenido exacto. "Reglamentariamente, se especificará el contenido que habrá de incluir el plan general de viabilidad", señala la reforma. Además, y a diferencia del resto de la norma, que entró en vigor el pasado viernes, el Banco de España da un plazo de tiempo amplio a las entidades para que elaboren sus planes. Estos resultarán exigibles a las entidades "transcurridos seis meses desde que se complete el desarrollo reglamentario en que se especificará su contenido", indica.