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Otras medidas fiscales

Más facilidades para repatriar dividendos de paraísos fiscales

Hacienda suaviza las condiciones para atraer liquidez de esos territorios pero extiende el límite a la deducción de gastos financieros a las pymes

La subida del IVA y la eliminación de la paga extra eclipsaron otras medidas fiscales incluidas en los ajustes aprobados el viernes por el Consejo de Ministros. Así, Hacienda suavizará las condiciones para repatriar dividendos ubicados en paraísos fiscales. El pasado marzo, el Gobierno fijó un gravamen de solo el 8% en lugar del 30% habitual para este tipo de operaciones realizada hasta el 30 de noviembre. Sin embargo, para acogerse al tipo reducido se establecieron ciertos requisitos, como que las filiales ubicadas en paraísos fiscales estuvieran dentro del grupo mercantil y perfectamente identificadas en la contabilidad de la sociedad. También se requería que el porcentaje de participación directa o indirecta en el capital de la sociedad radicada en el paraíso fiscal fuera de, al menos, el 5%.

Ahora, Hacienda permitirá que las empresas que no cumplan alguno de esos requisitos también puedan repatriar dividendos de paraísos fiscales aunque tributarán al 10% en lugar del 8%. Este beneficio fiscal se mantendrá hasta el 30 de noviembre. La nueva medida refleja las necesidades del Gobierno de obtener liquidez.

Si bien esta decisión puede considerarse beneficiosa para las empresas, en el cómputo global, el real decreto dañará las cuentas empresariales al elevar su factura tributaria. Como ya avanzó CincoDías, Hacienda extenderá el límite a la deducción del gasto financiero a todas las empresas, una restricción que, hasta ahora, solo afectaba a las sociedades que tenían la consideración de grupo mercantil. Supone un duro golpe para el tejido empresarial y más si se tiene en cuenta el alto nivel de apalancamiento.

A falta de conocer la letra pequeña del real decreto que se publicará en el BOE - que podría contener otras desagradables sorpresas para las empresas-, todo apunta que las pymes, al igual que las compañías que forman parte de un grupo mercantil, solo podrán deducirse los gastos financieros hasta un 30% del beneficio operativo.

La posibilidad de deducirse los gastos financieros era, con diferencia, el principal beneficio fiscal que contemplaba el impuesto sobre sociedades y era un incentivo a que las empresas se endeudaran. Su límite, opinan los asesores, hubiera tenido sentido aplicarlo durante la etapa de expansión. Ahora afectará a los planes de muchas empresas. Hay que tener en cuenta que la medida no solo afecta a los nuevos préstamos sino que también rige para créditos concedidos en el pasado y que las empresas todavía no han devuelto.

Incremento de pagos fraccionados

No han pasado ni cuatro meses desde que el Gobierno estableció que el pago fraccionado en el impuesto sobre sociedades que se paga en abril, octubre y diciembre será, como mínimo, del 8% del resultado contable positivo. Ahora, Hacienda elevará este tipo mínimo del 8% al 12%. Además, hasta ahora, este gravamen afectaba a empresas con una cifra de negocios superior a los 20 millones de euros, umbral que se rebaja hasta los 10 millones.

Por otra parte, se limita durante 2012 y 2013 la compensación de bases imponibles negativas para entidades con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros. Fuentes de Hacienda señalaron que el límite será del 30% para las compañías entre 20 y 60 millones y del 25% para aquellas que se sitúen por encima de esos umbrales. Con estas medidas, el Ejecutivo intenta elevar la recaudación del impuesto sobre sociedades, un tributo que en 2007 aportaba 44.800 millones al Estado y que actualmente solo inyecta 16.600 millones.

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