Deducciones fiscales por I+D+i, un valor seguro
En una época marcada por los recortes, prácticamente todos los organismos han reducido su presupuesto en ayudas directas (subvenciones y créditos reembolsables) para el año 2012. En este panorama, el ya consolidado sistema de deducciones fiscales por I+D+i basado en los informes motivados vinculantes que actualmente emite el Ministerio de Economía y Competitividad (Mineco) se constituye como una de las pocas oportunidades que tienen las empresas de mejorar sus cuentas de resultados y de apostar por su competitividad invirtiendo en innovación.
Según incluye el último informe publicado por la Fundación Cotec en 2011, si ya las cifras de inversión en I+D+i no eran buenas y aquel viejo objetivo de Lisboa que marcaba llegar al 3% del PIB en 2010 ha quedado obsoleto, este informe muestra un 1,38% ejecutado para 2009, por lo que el freno a las inversiones que se ha practicado con la Ley de Presupuestos Generales del Estado lógicamente terminará de certificar su incumplimiento.
En esta situación económica, debemos destacar, sin embargo, las oportunidades que sigue ofreciendo nuestro ordenamiento jurídico y la apuesta por las deducciones fiscales por I+D+i que no solo no se recortan, sino que se acentúan a partir de ejercicios fiscales iniciados el 6 de marzo de 2011 (en la práctica, a partir del ejercicio fiscal 2012).
Aunque la reciente Ley de Presupuestos Generales del Estado reduce del 35% al 25% el límite conjunto de todas las deducciones y que en aquellos supuestos en los que la deducción por actividades de I+D+i supere el 10% de la cuota íntegra ajustada positiva queda establecido en el 50% en vez del 60% en el que lo situó la modificación de la Ley de Economía Sostenible, esta medida tiene carácter meramente temporal para los ejercicios 2012 y 2013; en cambio sigue plenamente vigente el refuerzo a la deducción por I+D+i en el aumento que la misma Ley de Economía Sostenible eleva del 8% al 12% para las actividades de innovación tecnológica (la i pequeña de esa I+D+i y donde se concentran un gran volumen de proyectos e importe deducible.
Al mismo tiempo, el Mineco parece apostar por otros incentivos que pueden suponer un espaldarazo al fomento de actividades innovadoras, como son la reducción fiscal por el denominado patent box recogido en el artículo 23 de la Ley de Impuesto de Sociedades (incentivo fiscal que permite a las empresas minorar en un 50% la base imponible generada por los ingresos brutos procedentes de la cesión de determinados activos intangibles creados por su empresa). Aunque actualmente este incentivo no es muy conocido, la disminución de ayudas públicas, la práctica desaparición de subvenciones y préstamos a tipos cada vez menos ventajosos, hacen que este incentivo fiscal por cesión de intangibles sea una gran oportunidad para las empresas.
Así el pasado día 24 de mayo se publicó en el BOE la resolución para la que se somete a información pública el proyecto de norma PNE 166008 sobre Transferencia de Tecnología que marca el camino para certificar esa actividad. Esta situación debe culminar siendo definitivamente reforzado mediante la aportación de los informes motivados vinculantes que se basan en certificaciones de entidades acreditadas por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación). Para ello se espera que se siga un camino muy similar al que se siguió para los informes motivados vinculantes por I+D+i y que en el último ejercicio 2011 han supuesto más de 3.600 solicitudes al Ministerio de Economía y Competitividad.
También se está trabajando en otras iniciativas como la Compra Pública innovadora que sacarán a licitación los contratos motivando a las empresas a presentar ofertas innovadoras. El Mineco pretende reforzar el papel de las Administraciones públicas como impulsoras de la innovación empresarial.
Esto se aborda trabajando desde el lado de la demanda del gestor público que saca a licitación los contratos de compra pública innovadora y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas que compiten en las licitaciones ayudándolas en el juego competitivo a participar y presentar ofertas innovadoras en dichos procedimientos de contratación.
Por tanto parece confirmarse la apuesta del actual Gobierno por los incentivos fiscales para el apoyo a las actividades innovadoras y el descenso de los incentivos directos basados en subvenciones y créditos. Las empresas deberán primero invertir con sus recursos en proyectos innovadores y recuperar una parte de la inversión, mediante la aplicación de importantes deducciones fiscales.
Javier Dader. Director de EQA Certificados I+D+i