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Las mutuas de seguros podrán protagonizar fusiones virtuales

Los directivos de mutuas desvelarán su sueldo y los conflictos de intereses

Los gestores de mutuas de seguros y mutualidades de previsión deberán desvelar su retribución, según la Ley de Supervisión de Seguros. También tendrán que informar sobre conflictos de interés con las sociedades que dirigen. El texto abre la puerta a las fusiones virtuales de mutuas.

Los directivos de mutuas desvelarán su sueldo y los conflictos de intereses
Los directivos de mutuas desvelarán su sueldo y los conflictos de interesesP. MORENO

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGS) pone a mutuas, mutualidades y cooperativas de seguros bajo los focos. El supervisor exigirá a estas sociedades y sus administradores una mayor transparencia en su gestión. Los nuevos requisitos vienen especificados en el anteproyecto de la Ley de Supervisión de Seguros Privados (LSSP). El texto será cotejado con el sector el próximo martes 8 de mayo, en la junta consultiva de seguros que se celebrará en Madrid. Su aprobación definitiva está prevista para el último trimestre del ejercicio.

El borrador indica en su artículo 34 que las mutuas de seguros tendrán la obligación de elaborar anualmente un informe de gobierno corporativo. Dicho documento dará detalles sobre "la composición, funcionamiento y retribución del consejo de administración, de sus directivos y de sus comisiones". El texto también demanda que se desvelen todas "las operaciones vinculadas y los conflictos de interés de la mutua de seguros con sus administradores". Estas exigencias serán extendibles a las mutualidades de previsión social.

En España existen 21 mutuas de seguros, según ICEA. La mayoría son entidades de pequeño tamaño volcadas en autos y hogar. Las más destacadas son Mutua Madrileña (número tres del ranking asegurador), Pelayo (26) y Fiatc (27). Por otra parte y de acuerdo con la web de la Confederación Española de Mutualidades (CNEPS), hay 33 mutualidades de previsión social. Ofrecen prestaciones de previsión social (pensiones, subsidio por accidentes, viudedad...) con carácter alternativo al régimen de la Seguridad Social. Suelen estar ligadas a colectivos profesionales, empresas e instituciones. Destacan la Mutualidad de la Abogacía y HNA (arquitectos).

La Ley de Supervisión impone a las mutuas la transparencia exigida a cotizadas

Una mutua es una sociedad mercantil de tipo cooperativo. Por tanto, carece de ánimo de lucro y sus socios son a la vez propietarios y clientes de la compañía. Actualmente, solo Mutua Madrileña desvela la retribución de su alta dirección de forma individualizada. Su presidente, Ignacio Garralda, se embolsó el pasado año 896.700 de euros, un 1,6% más. La única otra mutua que da datos sobre la paga es Pelayo, quien ofrece la retribución del consejo de manera agregada.

La LSSP equipara el régimen de gobierno corporativo de las mutuas al de las firmas que están en la Bolsa, sin embargo no exige lo mismo a sociedades anónimas de seguros que no coticen. El Ministerio de Economía fijará el detalle y formato del informe de gobierno corporativo, que será hecho público y facilitado a los mutualistas cada año en la asamblea general ordinaria por parte de cada sociedad.

El texto establece que dos terceras partes de los miembros del consejo de administración de un grupo sean socios. Esto facilita la entrada de miembros independientes en los consejos. Ahora solo pueden sentarse socios en este órgano.

Flexibilidad en las fusiones virtuales

La LSSP también abre la puerta a las fusiones frías de mutuas. Estas sociedades podrán formar grupos mutuales en virtud del artículo 169 del borrador. Estos contratos imitan los grupos cooperativos de las cajas rurales, que son conocidos como sistemas institucionales de protección (SIP). En el seguro, la prioridad de las alianzas es potenciar la eficiencia de entidades de reducido tamaño y que carecen de economías de escala.

El anteproyecto elaborado por la DGS incluye una novedad importante: no exige que la cabecera de los grupos mutuales sea una sociedad anónima donde los accionistas sean las distintas compañías. Así, queda abierta la vía para que una gran mutua acoja bajo su ala a sociedades pequeñas preservando todos su marca y personalidad jurídica.

Mapfre sienta la hoja de ruta para la desmutualización de firmas

La Ley de Supervisión de Seguros Privados aprovecha para dar respuesta a una gran incógnita del sector asegurador. ¿Qué pasos debe seguir una mutua si quiere convertirse en sociedad anónima?La duda la abrió Mapfre en 2006. Aquel año, la mayor aseguradora española decidió reorganizar su organigrama y transformar su cabecera (Mapfre Mutualidad) en una sociedad anónima con el fin de disponer de más recursos para crecer y agilizar la gestión del grupo. El proceso volvió a ponerse encima de la mesa en 2011. Ese año una entidad mediana, Mutua General de Seguros-Euromutua, optó por convertirse en una sociedad anónima.La DGS fija en la ley la solución que dio a ambos casos al fijar en su artículo 89 que "las acciones de la sociedad anónima de seguros resultante de la transformación se atribuirán a los mutualistas y, en su caso, a una fundación constituida por la propia mutua, en la proporción que estatutariamente se establezca".

Las regiones pierden poder de control sobre agentes y corredores

Las comunidades autónomas ven cómo una cuota de poder se les escurre de entre las manos. Durante la elaboración de la Ley de Supervisión se sopesó la posibilidad de que los agentes vinculados y corredores que tuvieran un 75% de sus clientes en una misma región dependieran obligatoriamente del organismo supervisor de dicha región.La propuesta resultaba engorrosa porque exigía revisar periódicamente si un mediador continuaba dependiendo del supervisor regional o si había adquirido carácter nacional y debía ser controlado por la DGS. Al final, la mayoría absoluta del PP ha quitado presión a la demanda y la supervisión de agentes y corredores queda como estaba. Pueden depender siempre de la DGS y las comunidades solo podrán supervisar aquellos con presencia estrictamente regional que opten por figurar en su registro. Actualmente, 3.000 corredores despachan con la DGS y 2.000 con las consejerías autonómicas de Economía.

Claves

Calendario y fundamentos de la norma-La Ley de Supervisión de Seguros Privados (LSSP) refunde en un solo texto la normas aprobadas desde 1995 que afectan al sector asegurador. Además, traspone al ordenamiento jurídico nacional la directiva Solvencia II que fija estándares comunes para toda Europa en materia de supervisión, requisitos de capital, valoración de activos y gestión de riesgos.-La norma no pudo completarse bajo la legislatura socialista y ha sido retomada. El Ministerio de Economía estima que el texto será aprobado por las Cortes en el último trimestre del año.

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