En deuda sí ganamos la Champions
No hay duda, a pesar del cartel de la final de la Champions League 2012, el fútbol español es el mejor del mundo. Lo que cabe preguntarse es si esa excelencia se debe, en parte, al especial mimo y cuidado que le dispensan el legislador y el Gobierno.
Ayer amanecimos con la noticia de la firma de un protocolo entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Consejo Superior de Deportes (CSD) y la Liga Nacional de Fútbol Profesional por el que se intenta poner coto y fecha de pago a la deuda ante la Agencia Tributaria que acumulan actualmente los clubes profesionales (Primera y Segunda División A) y que ascendería a unos 673 millones de euros respecto de los que, en buena parte, la Agencia Tributaria habría accedido a su aplazamiento en distintas anualidades hasta 2020.
A la vista de algunas de las medidas que presenta el protocolo, parece ser que, finalmente, el Gobierno y la Liga se han decidido a intentar embridar el problema. En este sentido, es especialmente llamativo el que, a partir de la temporada 2014/2015, los operadores audiovisuales depositarán a la Liga el 35% de los pagos correspondientes a cada club, que pasará a garantizar sus obligaciones con el fisco y con otros clubes. Asimismo, se prevé que el incumplimiento de las obligaciones de pago ante la Agencia Tributaria derivadas de los referidos aplazamientos de deuda fiscal puedan dar lugar a la pérdida de derechos económicos del club ante la Liga, que se destinarán al pago de la deuda tributaria, y aun a la pérdida de puntos en la competición. Se establece, también, que la realización de conductas, hechos o negocios encaminados a eludir las obligaciones y mecanismos derivados del protocolo se tipificarán como infracción muy grave y sancionable con la expulsión de la competición, además de la inhabilitación de dirigentes, la imposición de multas y supresión de ingresos en concepto de quinielas, entre otros.
La firma de este protocolo sigue a la exótica medida contenida en la Ley 38/2011 de Reforma de la Ley Concursal, en el sentido de disponer un régimen especial para la insolvencia de entidades deportivas consistente en establecer que la declaración en concurso de una entidad deportiva "no impedirá la aplicación de la normativa reguladora de la participación en la competición." A efectos prácticos, el objetivo perseguido era asegurar la aplicación a los clubes en concurso de las sanciones contenidas en determinados reglamentos federativos (es el caso del Reglamento de la Real Federación Española de Fútbol) según las cuales aquellas entidades que al finalizar una temporada mantengan impagos a jugadores o técnicos perderán la categoría. Esta sanción, que ha comportado que los clubes destinaran sus cada vez más escasos recursos al pago de los salarios de jugadores y técnicos de forma preferente a la liquidación de deudas con otros trabajadores no deportistas, con sus proveedores o incluso con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, había sido repetidamente rechazada por los jueces mercantiles por entenderla incompatible con el procedimiento concursal y con el interés de los acreedores, permitiendo así que los clubes en concurso mantuvieran su categoría en la competición.
Excepcionar la aplicación a las entidades deportivas de principios esenciales de nuestro esquema concursal, y concederles aplazamientos y condiciones de pago de su deuda tributaria desconocidos en cualquier otro ámbito de actividad supone otorgar al deporte profesional, y en particular al fútbol, el tratamiento propio de una suerte de sector estratégico no justificado.
La solución a este problema estructural de nuestro deporte profesional no puede hallarse en excepcionarlo de los principios del procedimiento concursal, ni vendrá de la concesión de nuevos aplazamientos de su deuda que, inexorablemente, remiten al fallido Plan de Saneamiento del Fútbol de 1990. Con una deuda de los clubes de Primera y Segunda División A superior a 3.500 millones de euros, la solución ha de partir del análisis de los motivos del fracaso del marco definido por la Ley del Deporte de 1990, y que, en buena medida, obedecen a querer someter a criterios empresariales a entidades que (con contadas excepciones) no son empresas, y a que, ante la evidencia de la imposibilidad por parte de los clubes de atenerse a tales reglas, el CSD y de la Liga han optado simplemente por abdicar de su cometido como controladores externos y Hacienda y Seguridad Social han renunciado a su función recaudadora. Y así nos va, campeones en deuda.
Miquel Ángel Alonso Latorre. Abogado. Socio de Roca Junyent