_
_
_
_
_
El nuevo marco hipotecario

Hacienda baraja una exención fiscal extra para promover el plan antidesahucios

El plan antidesahucios presentado el miércoles tendrá una doble vertiente fiscal. Además de las facilidades de que disfrutará la banca para desgravarse los gastos en que incurran al retrasar un embargo, Hacienda baraja una exención total o parcial de los impuestos vinculados a la dación en pago.

El Gobierno va a favorecer al máximo cualquier medida que evite que el propietario de una vivienda tenga que dejarla. El ministro de Economía, Luis de Guindos, anunció el miércoles en el Congreso de los Diputados la puesta en marcha de un código de buenas prácticas para la banca en las ejecuciones hipotecarias.

Uno de los principales incentivos para que un banco o caja evite el desahucio de un hipotecado es que la entidad implicada podrá imputar como gasto fiscalmente deducible las pérdidas en las que incurra. A esta iniciativa se va a unir otro beneficio fiscal. Hacienda está estudiando con el sector ampliar las exenciones fiscales para este tipo de operaciones, según explican fuertes cercanas al Ejecutivo.

En el caso de la dación en pago, la entrega del inmueble para cancelar la deuda con el banco está sometida al habitual impuesto de transmisiones patrimoniales y se le aplica un tipo impositivo del 7%. La banca, que pasa en la mayoría de los casos a ser la propietaria de la vivienda sujeta bien a la dación en pago o a la ejecución hipotecaria, ha reclamado desde hace tiempo reducir este gravamen. Ahora, el departamento de Cristóbal Montoro parece dispuesto a aceptar la supresión o atenuación de esta carga fiscal.

Ciertas modificaciones del contrato hipotecario (novaciones y subrogaciones), también están sujetas al impuesto de actos jurídicos documentados. Para el particular que no puede hacer frente al pago del crédito, en ocasiones puede bastarle con la ampliación del plazo de amortización para reducir la cuota y cumplir así con el banco. En estos casos, la tasa a pagar oscila entre el 0,1% y el 1% de la deuda restante, en función de la Comunidad Autónoma.

Al tratarse en ambos casos de un tributo que recaudan las comunidades, Hacienda debería compensar la merma de ingresos que sufre la administración autonómica, al igual que ha sucedido con la supresión del impuesto del patrimonio. Algunas regiones podrían mostrarse más beligerantes ante la supresión o reducción de este tributo, pero la mayoría del Partido Popular en buena parte de las autonomías favorecería la colaboración de los gobiernos autonómicos.

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales, que grava la compraventa de viviendas de segunda mano, se convirtió durante la época del boom inmobiliario en una poderosa fuente de ingresos para las comunidades. En 2006, las arcas autonómicas ingresaron por este tributo más de 10.000 millones de euros. Actualmente, apenas recaudan 4.000 millones. La mayoría de comunidades mantiene un tipo del 7%, sin embargo, Cataluña, Andalucía, Asturias o Cantabria elevaron el gravamen hasta el 10% para las viviendas más caras.

Fuentes financieras argumentan que el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y Transacciones Patrimoniales dificulta las operaciones: "No tiene sentido que cuando el banco se queda una casa y si el anterior propietario se queda como inquilino, haya que pagar impuestos".

Desde el sector bancario también se reclama que los trámites a realizar ante notario, así como las anotaciones en el Registro de la Propiedad, reconozcan la difícil situación del hipotecado y reduzcan los honorarios y tarifas que cobran.

Desde el comienzo de la crisis, 150.000 familias han sido desahuciadas de sus hogares, según explicó el ministro de Economía en su comparecencia en el Congreso. A partir de 2008 han surgido asociaciones que promueven la dación en pago y que se movilizan a diario para evitar que una familia tenga que abandonar su vivienda habitual.

El código de buena praxis promovido por Guindos contempla la definición de un umbral de exclusión económica por debajo del cual el propietario pueda cancelar la hipoteca con la entrega del piso. También promueve que las entidades concedan un periodo de carencia de dos años, antes de promover la ejecución hipotecaria.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_