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1. Solución autónoma de conflictos

1. Solución autónoma de conflictos:

Los agentes sociales han elaborado el V Acuerdo de solución de conflictos que responde a una exigencia de la reforma laboral de septiembre de 2010 e impulsa los sistemas estatales para que sirvan de referencia a los autonómicos y a otros de nivel sectorial o de empresa. Como novedad establece la "voluntariedad" del uso de los medios extrajudiciales, salvo que sea obligatorio por acuerdo de las partes, "a nivel de empresa o ámbito superior", especialmente con el arbitraje, cuyas decisiones son vinculantes. En este caso, precisa que el arbitraje será obligatorio "si así se establece de forma expresa en un convenio colectivo denunciado" cuando se haya superado, sin alcanzar acuerdo los plazos máximos de negociación. En la práctica esto limita en el tiempo la ultraactividad de los convenios. También amplía el poder de las comisiones paritarias de los convenios que además de interpretar la aplicación de éstos deben mediar ante el desacuerdo en la modificación sustancial de las condiciones de trabajo y en los supuestos de descuelgue salarial.

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