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Las sociedades operaban en León, Burgos y País Vasco

La CNC multa con 16 millones a un cártel de compañías de asfaltado

La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha multado con más de 16 millones de euros a 12 empresas por haber alcanzado acuerdos para repartirse el mercado de asfaltos y de otros productos empleados en la pavimentación de carreteras y calzadas en León, Burgos y País Vasco Cinco Días Madrid

De acuerdo con un comunicado remitido ayer, la CNC considera acreditada la comisión de una infracción "muy grave" por parte de estas empresas, consistente en acordar el reparto del mercado de provisión de asfalto a las obras de las administraciones públicas.

El grupo de compañías multadas habrían actuado entre febrero de 2007 y, al menos, octubre de 2009, en las provincias de León, Burgos y en el País Vasco, aunque Competencia no descarta que las prácticas del cartel se extendiera a otras áreas geográficas.

Sanciones

En un comunicado, el organismo que preside Joaquín García Bernaldo de Quirós destaca el hecho de que algunas de las empresas multadas ya habían sido sancionadas con anterioridad.

En concreto, cinco de estas firmas forman parte de las alrededor de cuarenta empresas a las que la CNC multó el pasado 19 de octubre con 43 millones de euros por repartirse licitaciones de obra pública. Se trata de Campezo Obras y Servicios, Conalvi, Tebycon, Compañía General de Hormigones y Asfaltos y Gehorsa.

Otras tres compañías (Campezo, Orsa y Copris) fueron sancionadas en diciembre de 2008 por el Tribunal de Defensa de la Competencia del País Vasco por concertar precios durante los años 2001 y 2002.

La multa impuesta ahora es fruto del expediente que la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia abrió en el mes de diciembre de 2009 sobre esta docena de empresas, tras realizar inspecciones en las sedes de varias de ellas.

El mercado al que se refiere el expediente es el correspondiente a los asfaltos o mezclas bituminosas en caliente, empleados fundamentalmente para pavimentar los firmes de las carreteras y calzadas.

Dadas las características propias del producto, que ha de extenderse en caliente, su suministro se limita a un radio máximo de entre 80 y 100 kilómetros desde la planta de producción.

Cupos e intercambio de información

Según la CNC, los acuerdos de reparto de mercado de este tipo de producto de las empresas multadas se realizaba a través del establecimiento de cupos de toneladas de producción, el intercambio de información "sensible" sobre obras y clientes, el establecimiento de las tarifas base para los productos y los servicios necesarios para el asfaltado, el reparto de las obras a ejecutar y el control sobre las plantas de producción. Competencia considera que el área de influencia de las empresas investigadas facilitó que los acuerdos y el consecuente reparto del mercado se negociara, a escala local.

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