La UE prohíbe la venta al descubierto de los seguros de impago de la deuda soberana
La UE pactó anteanoche un reglamento que a partir de su entrada en vigor (noviembre de 2012, previsiblemente) prohibirá las ventas al descubierto de los CDS ligados a deuda pública. La nueva norma impone también la obligación de comunicar las ventas a corto que superen cierto umbral.
Por primera vez en su historia, la UE someterá a un control estricto y armonizado la llamada venta a corto o al descubierto de títulos bursátiles, unas operaciones en las que el vendedor no es propietario de antemano de la acción que deberá entregar al comprador.
Tras varios meses de debates, las tres instituciones comunitarias (Parlamento Europeo, Consejo de Ministros de la UE y Comisión Europea) alcanzaron anteanoche en Bruselas un acuerdo sobre el texto definitivo del novedoso reglamento.
El principal cambio sobre el proyecto inicial de la Comisión ha sido el endurecimiento, a instancias del Parlamento, del tratamiento concedido a las operaciones de venta al descubierto de los credit default swaps (CDS) ligados a la deuda soberana.
"Los CDS ya no podrán utilizarse para poner en peligro el mercado", según Barnier
El texto pactado establece una prohibición general de ese tipo de transacciones, con lo que se pretende impedir que un inversor pueda apostar a la baja contra el bono de un Estado por la vía indirecta de sus CDS o seguros de impago.
Europa se convierte así en el primer mercado financiero importante que prohíbe ese tipo de operaciones. Pero el acuerdo alcanzado prevé algunas salvaguardas para evitar que afecte a la liquidez del mercado de la deuda soberana, uno de los temores planteados por los países que se resistían a la prohibición.
Las autoridades nacionales, como la CNMV en el caso español, podrán suspender el veto tan pronto como aprecien falta de liquidez en su mercado de bonos o un impacto negativo en los precios de emisión de nueva deuda.
El país concernido podrá autorizar de nuevo las ventas al descubierto por un periodo inicial de 12 meses, un plazo renovable por periodos de seis meses. Pero antes de conceder esa autorización deberá notificarlo a la Autoridad Europea de Valores y Mercados y demostrar el impacto negativo de la prohibición.
El reglamento también excluye de la prohibición las ventas al descubierto ligadas a títulos cuyo valor tenga cierta correlación con la deuda soberana y que se hagan con el objeto de protegerse de una pérdida o depreciación en su valor.
Transparencia
"Estas medidas equilibradas", señaló ayer el comisario europeo de Mercado Interior, Michel Barnier, "garantizarán que los CDS se utilizan para lo que fueron pensados, es decir, protegerse del riesgo de una suspensión de pagos sin poner en peligro el adecuado funcionamiento de los mercados de deuda soberana".
El comisario europeo reconoce que "las ventas a corto no han provocado la crisis", pero considera que "pueden agravar la caída de precios en mercados estresados".
El nuevo reglamento facilitará a las a las autoridades un conocimiento más detallado de esas operaciones gracias a las nuevas normas de transparencia. Los operadores deberán comunicar al regulador cualquier posición en corto que supere el 0,2% del valor de una acción. Y la posición se hará pública en cuanto supere el 0,5% de ese valor.
En caso de inestabilidad, los reguladores podrán prohibir o restringir las ventas a corto y al descubierto de acciones. Esa posibilidad ya existe en estos momentos. Pero a partir de la entrada en vigor del reglamento (en noviembre de 2012, tras la próxima aprobación formal por parte del Parlamento y el Consejo) la autoridad europea coordinará esas prohibiciones para evitar las intervenciones unilaterales ocurridas durante la actual crisis.
La autoridad no tendrá derecho de veto sobre una decisión nacional, pero deberá conocerla con 24 horas de antelación y podrá poner objeciones.
La CE registra por sorpresa varios bancos
El comisario europeo de Competencia, Joaquín Almunia, anunció ayer la segunda investigación en poco más de seis meses contra supuestas prácticas fraudulentas del sector financiero. Funcionarios de su departamento registraron por sorpresa el pasado martes las dependencias de varios bancos europeos para comprobar si existe un cártel en el mercado de productos derivados vinculados el euríbor, el tipo de interés que marca las operaciones interbancarias. Entre las entidades registradas figuran Deutsche Bank y Royal Bank of Scotland, según la agencia Bloomberg. "La Comisión teme que las compañías afectadas podrían haber violado las normas antitrust de la UE", señaló el departamento de Almunia en un comunicado. Si Almunia confirma sus sospechas, los bancos se exponen a una sanción de hasta el 10% de su facturación anual.La nueva ofensiva se une a la iniciada por Bruselas en abril de este año. El departamento de Almunia abrió entonces dos investigaciones sobre presuntas manipulaciones en el mercado de CDS (credit default swaps). El primer expediente atañe a 16 bancos (de la talla de Goldman Sachs, BNP Paribas, Barclays, Citigroup, Commerzbank, UBS o JP Morgan, entre otros) sospechosos de abuso de posición dominante en el control de la información del mercado de CDS. El segundo acusa a nueve de esos bancos de restringir la competencia en la liquidación de CDS.
Nueva Mifid
La CE aprobará hoy un proyecto de revisión de la directiva de servicios de inversión (conocida por sus siglas en inglés Mifid) que endurece el control de los intermediarios independientes, para intentar evitar que su asesoramiento induzca al cliente a asumir riesgos inadecuados para su perfil inversor.