La juez Gemma Vives avisa a la antigua Caixa d'Estalvis de Tarragona, integrada en Catalunya Caixa, que podría incurrir en un delito de desobediencia si no presenta antes del próximo 25 de mayo el listado de todos los clientes que tienen estas cláusulas en sus hipotecas y que se pueden beneficiar del fallo.
La juez desestima el recurso de oposición a la ejecución de sentencia presentado por la entidad financiera y le advierte de que si no cumple con la sentencia en el plazo de dos meses fijado el pasado mes de marzo, también será castigada con multas periódicas.
El Juzgado de Primera Instancia 44 de Barcelona tiene la competencia para ejecutar la sentencia del Supremo. Los usuarios tienen derecho a recibir el interés legal del dinero entregado desde cada una de las respectivas fechas en que conste que se pagaron importes superiores por aplicación de la aludida cláusula declarada nula.
El pasado mes de enero, el Tribunal Supremo confirmó el carácter abusivo de la cláusula, al concluir que la entidad "no negociaba individualmente, lo que, en contra de las exigencias de la buena fe, causaba, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones" entre el cliente y la entidad.
Esta demanda fue presentada en 2004 por los servicios jurídicos de Ausbanc Consumo en Cataluña ante los tribunales de Barcelona, al tener constancia de la aplicación del redondeo al cuarto de punto al alza en las hipotecas por parte de Caixa Tarragona, en la actualidad Catalunya Caixa.