Desestima las cautelares pedidas por dos asociaciones
El Supremo permite que el límite de 110 km/h siga adelante
El Tribunal Supremo ha determinado que no procede suspender cautelarmente la limitación de velocidad a 110 kilómetros por hora impuesta por el Gobierno.
El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que no procede suspender cautelarmente la limitación de velocidad a 110 kilómetros por hora impuesta por el Gobierno desde el pasado 7 de marzo en autovías y autopistas como medida de ahorro energético.
De esta forma, desestima la petición de la empresa de gestión de multas Dvuelta y la plataforma Movimiento 140 de retirar esta medida mientras que el Alto Tribunal resuelve el recurso interpuesto contra esta medida por ambas entidades