Los registradores, denunciados
Con fecha 1 de marzo ha sido presentada en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley sobre la gestión de los registros de la propiedad y mercantiles y retribución de sus titulares que suscribe el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. La exposición de motivos señala que en contra de lo que ocurre en el resto de la Unión Europea, en nuestro país la estructura económica del sistema registral, configurada como colegio profesional, tiene la condición de patronal y genera una situación de privilegio extravagante. En efecto, los registradores de la propiedad cobran directamente al usuario por cumplir una función pública que se reparte mediante exclusivas territoriales. De modo que al no existir competencia, el ciudadano está cautivo, además de que el colegio tiende a comportarse como un lobby dedicado a la defensa de sus privilegios.
Así, los registradores cobran del mercado sin estar sometidos al mercado, llevan a cabo una función pública mediante arancel que ingresan en sus arcas particulares y explotan en su beneficio la comercialización de datos y bases de titularidad estatal. Se trata de una situación insólita sin parangón en país alguno de la Unión Europea. Sucede que en base a una norma hipotecaria de 1947 el número de plazas que pueden convocarse para cubrir los registros vacantes nunca en circunstancia alguna puede rebasar las 50. En aquel año había 200 registros y ahora superan el millar. De modo que las vacantes no quedan cubiertas y pasan a ser atendidas por interinos colindantes.
A partir de ahí, los ingresos de los registros interinados se dividen al 50% entre el registrador sustituto y el colegio, bajo la etiqueta de falsa cuota colegial, en clara violación de la Ley de Tasas que impediría al Colegio de Registradores recibir esa mitad del arancel. El resultado es que para poco más de 900 registradores colegiados, el presupuesto anual del colegio supera los 83 millones de euros, es decir más de 90.000 euros por afiliado, aparte de otros ingresos para la financiación de ese órgano. Todo eso con independencia de que los registradores sustitutos multipliquen sus retribuciones millonarias a las que se suman los procedentes de la gestión de las oficinas liquidadoras.
Esta anomalía de los registradores ejerciendo de liquidadores tributarios fue objeto de otra proposición no de ley presentada en el Congreso de los Diputados el 26 de septiembre de 2009 por Rosa Díez y Unxue Barkos, del Grupo Parlamentario Mixto, que sigue sin ser debatida desde entonces. La exposición de motivos argumentaba que la asunción por los registradores de las oficinas de liquidación de los impuestos devengados por actos inscribibles es manifiestamente ilegal y vulnera el sistema de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas consagrado en la Ley 53/1984.
Porque a los funcionarios públicos retribuidos por arancel solo es posible reconocerles la compatibilidad para ejercer como profesor universitario asociado o para realizar tareas de investigación de carácter no permanente o funciones de asesoramiento en supuestos concretos. Además de que el artículo 281 de la Ley Hipotecaria señala que "el cargo de registrador es incompatible con el de juez, o fiscal municipal o comarcal, notario y, en general, con todo empleo o cargo público en propiedad o por sustitución esté o no retribuido con fondos del Estado, de la provincia o del municipio".
La primera de las proposiciones no de ley (PNL), fechada el pasado 1 de marzo, denuncia el cobro sistemático y masivo por parte de los registradores de la propiedad y mercantiles de cantidades no permitidas por el arancel. Indica que los principales fraudes son el cobro de notas registrales por internet al triple de lo permitido, una proporción del cual se destina a la financiación irregular del Colegio de Registradores. También el cobro por duplicado de los asientos de presentación cuando las presentaciones son telemáticas y la aplicación de conceptos arancelarios inexistentes en relación con servicios que además no fueron solicitados. Otros capítulos de la PNL se refieren a la conversión por los registradores de sus oficinas públicas en negocios particulares, la rebeldía al cumplimiento de la ley y la injusta retribución de los empleados de registros. Queda por saber cuándo se debatirá esta PNL. Continuaremos informando.
Miguel Ángel Aguilar. Periodista