La CNC exonera a la siderúrgica de prácticas anticompetitivas
La investigación se inició por una denuncia de la FIAB sobre la fijación en el aumento de precios de la hojalata
Una apertura de expediente por parte de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) no tiene por qué llevar aparejada, obligatoriamente, una sanción o multa al final de su tramitación.
Eso es lo que ha ocurrido con el expediente sancionador que el organismo que preside Luis Berenguer abrió contra ArcelorMittal (AM) el 1 de septiembre de 2009. Y 17 meses después, la CNC considera que, tras analizar las conductas de la empresa en el negocio del suministro de hojalata, "no ha quedado acreditada la existencia de prácticas prohibidas por la ley".
El caso se inició con la denuncia presentada por parte de la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) el 30 de diciembre de 2008, donde se acusaba a empresas del sector, ArcelorMittal entre ellas, de la fijación de un incremento de los precios de los envases metálicos de hojalata con destino a la industria alimentaria.
La CNC consideró que existían "indicios racionales" de la comisión de una infracción de la ley, por lo que acordó la incoación del susodicho expediente. Tras las investigaciones realizadas, Competencia ha determinado que no existe posición de dominio individual de AM en el mercado de la hojalata.
En cuanto a las dos subidas importantes de precio realizadas por la compañía en 2008 y 2009, de 150 euros por tonelada y de entre 100 y 130 euros por tonelada respectivamente, la CNC dice que se produjeron "en un contexto de subidas de precio del acero laminado en caliente, material a partir del cuál se fabrica la hojalata y que incide en un 50% en su coste".
El organismo señala, igualmente, que existe documentación donde se explica los incrementos de precios de este material como consecuencia de un aumento de la demanda de acero en China y del incremento de los precios de las materias primas como el hierro y el coque.
La CNC resalta que los precios de la hojalata siguieron una tendencia descendente cuando en el año 2009 bajaron los del acero y las materias primas. Por último, señala que en los mercados de la hojalata y el de la hojalata para envases distintos de bebidas, en el ámbito de la Unión Europea, "donde se dispone información", las cuotas de AM eran inferiores al 30% o 40%.
Aunque Competencia ha cerrado el expediente, concluyendo la vía administrativa, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados desde la notificación de la resolución del organismo.