En 2022 ya se calculará la pensión tomando 25 años
La reforma de la Seguridad Social aplica periodos transitorios diferentes a cada variable, y mientras la edad de jubilación de 67 años no es obligatoria hasta 2027, la ampliación del periodo de cálculo hasta los 25 años tendrá una aplicación más acelerada, de tal forma que en 2022 ya todas las pensiones de jubilación se calcularán con los últimos 25 años cotizados.
En concreto la extensión del periodo de cálculo comienza en enero de 2013, (en el que se tomarán los 16 últimos años para hacer el cálculo) con la ampliación de un año por cada ejercicio natural que pase, y llegar en el año 2022 al cómputo pleno de 25 años de cotización para calcular la prestación de retiro.
Edad de jubilación
La edad de jubilación, según el proyecto de ley que aprueba el Consejo de Ministros, se retrasará, como estaba previsto, hasta los 67 años, pero con una carencia más lenta. Se elevará un mes al año en los seis primeros años, de tal forma que en 2018 la jubilación se habrá retrasado hasta los 65 años y seis meses, y se retrasará en dos meses al año en los nueve años siguientes; así, cuando se alcance en el calendario enero de 2027, la edad de jubilación se habrá prolongado, de dos meses en dos meses cada año, hasta los 67 años. En 2013 será de 65 años y un mes; en 2014 de 65 años y dos meses; etcétera.
Escala de aseguramiento
La escalad de aseguramiento se actualiza para repartir la contribución de cada años desde los 15 a los 35 (pensión máxima) actual, para repartirla entre los 15 años cotizados (la mitad de la pensión), y los 37 cotizados (el 100% de la base reguladora). Ahora la escala no es proporcional, ya que los diez años que transcurren entre los 15 de cotización y los 25, se adjudican un 3% de pensión cada uno de ellos, llegando al 80% con 25 años, y el resto, hasta los 35 de cotización para llegar al 100%, computan un 2% cada ejercicio. Desde 2013, de forma transitoria y en cuatro fases, se llegará en 2027 al equilibrio en el reparto de la imputación por cada año, de tal forma que cada año tendrá el mismo peso, que será de 2,2727% de pensión, partiendo también de un 50% con 15 años.
Para suavizar el efecto y distribuir la carga en todos los años igual, y premiar las carreras largas de cotización se hará este reparto proporcional. Pero, como novedad, se introduce un reparto de carga por meses, de tal forma que se evite contabilizar el último año de cotización como completo aunque sólo se tenga una parte, como ahora. Así, desde 2013 los cómputos por los años no completos se harán por meses. El reparto de imputaciones de la nueva escala de aseguramiento será de 0,21% por mes los primeros años y de 0,19% por mes los de los últimos años. Pero terminarán equilibrado en 0,20% por mes, eso sí, en 2027.
Pensión completa
Por lo que se refiere a la posibilidad de jubilarse con el 100% de la pensión a los 65 años si se han cotizado 38,5 años, tiene también establecido un periodo transitorio, puesto que ahora se puede jubilar la gente con el 100% al cumplir 65 si se han cotizado 35 años. Este tránsito desde los 35 años a los 38,5% se hará de tal forma que se elevará 6meses cada dos años desde 2013 (en 2015 podrán jubilarse con los derechos citados quienes hayan cotizado 30 años y seis meses, y en 2017 los que acumulen 35 años y 12 meses, es decir, 36 años, etc.). En total habrá siete escalones de seis meses para llegar a los 38,5 años en 2027.
Jubilación anticipada
En cuanto a la jubilación anticipada, se mantiene la posibilidad de los 60 años si se cotizó antes de enero de 1967, y con coeficientes reductores del 8% por cada año de anticipo. Sólo queda un colectivo de 250.000 personas cotizando que tengan carreras con raíces tan hondas como para estar de alta ya en enero de 1967. Podrán jubilarse a los 61 años quienes sean despedidos por causas reales y tendrán una reducción del 7,5% por cada año de anticipo. Dado que lentamente se irá prolongando la edad de retiro, y para no dañar en exceso a los prejubilados, se pondrá un topo de reducción por coeficientes del 42%.
Pero la gran novedad del régimen de jubilaciones anticipadas es la posibilidad de hacerlo a los 63 años de forma voluntaria sin que medie más causa de la subjetividad del cotizante. Eso sí: debe tener cotizados 33 años, en vez de 30 como se exige ahora, y restará su cuantía para toda su vida en un 7,5% por cada año de anticipo, y siempre también con un tope del 42%. Trabajo asegura que vigilará bien la salidas a los 61 años por despido, y exigirá que el despido sea objetivable, y nunca pactado con la empresa, puesto que en tal caso no se podrá ejercer el derecho a la jubilación anticipada. Ahora el 25% de los jubilados lo hacen por esta vía, en un periodo en el que la crisis fuerza demasiado las salidas vegetativas en las plantillas.
Jubilación parcial
Las jubilaciones parciales también tendrán un cambio sustancial, pero transitorio, de tal forma que en 15 años será la empresa la que cargue tanto con la cotización al 100% tanto del prejubilado como de su relevo. Cada año se elevará un 5% para absorber el 75% del cotizante de sustitución, que ahora corre a cargo a la Seguridad Social. Este mecanismo, que ha sido una vía de escape para las empresas, se cerrará lentamente, pero sigue teniendo un gran atractivo unos cuantos años.
Becarios y maternidad
Con la reforma, desde que entre en vigor la ley, los contratos formativos cotizarán en función del salario del trabajador, y se establecerá un mecanismo para rescatar con carácter retroactivo los cotizaciones de los últimos cuatro años. También cotizarán las mujeres con descansos por maternidad; se computarán 116 días por cada hijo, y podrán descontar nueve meses por cada hijo en las variables de edad de jubilación y periodos de cotización exigibles. Sólo podrán acogerse a este derecho las mujeres que hubiesen cotizado antes del alumbramiento.
Ahorros
Con estas reforma, la Seguridad Social estima que no tendrá que echar mano del fondo de reserva de forma significativa, ya que los ahorros de costes y la elevación de ingresos mantendrán la caja equilibrada, y a la larga aminorarán el coste en pensiones sobre PIB en cuatro puntos, para estabilizarse en torno a 2030 en el 13%. Lógicamente todo esto depende de la evolución de la economía y del empleo. El Gobierno estima también que la reforma es en si misma un motor de crecimiento, puesto que da visibilidad a las empresas y a los trabajadores.