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Las medidas cautelares afectan al reglamento de desarrollo

Industria: la decisión de la Audiencia y del Tribunal de Luxemburgo no paraliza el decreto del carbón

El Ministerio de Industria considera que la decisión de la Audiencia Nacional y del Tribunal de Luxemburgo de bloquear el desarrollo del real decreto que incentiva la quema de carbón nacional en centrales eléctricas no supone una paralización del mismo, según indicó un portavoz del departamento de Miguel Sebastián.

Según Industria, las iniciativas llevadas a cabo por la Audiencia Nacional y por el tribunal europeo no implica la paralización del real decreto, ya que las medidas cautelares solicitadas por estas instancias jurídicas afectan al reglamento de desarrollo del real decreto.

La Audiencia Nacional ha paralizado uno de los desarrollos reglamentarios del decreto ya publicado en el BOE a la espera de la celebración el próximo miércoles de una vista en la que decidirá su aplica las medidas cautelarísimas solicitadas por las eléctricas e inhabilita la norma.

Por su parte, el Tribunal de Luxemburgo ha solicitado por carta al Gobierno español que retrase en dos meses la aplicación de la norma para analizar el expediente. Las eléctricas habían recurrido el decreto ante esta instancia judicial.

Las cautelarísimas que analizará la Audiencia responden a una resolución publicada el martes por el Ministerio de Industria con detalles técnicos para la aplicación del decreto, entre ellos el precio al que se pagará el megavatio hora a las nueve centrales que quemen carbón nacional, situado en una media de 71,63 euros.

Las eléctricas recurrieron el desarrollo porque recogía un plazo de sólo tres días para que las centrales remitiesen sus cartas de intención a los distribuidores eléctricos, lo que, a juicio de las empresas, supone un lapso de tiempo insuficiente.

En cuanto a la solicitud de Luxemburgo, las eléctricas también habían pedido medidas cautelarísimas contra un texto que no ha recibido en principio trabas de la Comisión Europea y que, según dicen, podría alterar el funcionamiento del mercado eléctrico al incentivar el carbón en detrimento de otras tecnologías.

Frente en el Supremo

Las decisiones de la Audiencia y de la Justicia europea se producen apenas ocho días después de que, en otro de los frentes judiciales abiertos por las eléctricas, el Tribunal Supremo rechazase la petición realizada por separado por Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa de medidas cautelarísimas en contra del decreto.

Las grandes eléctricas presentaron el pasado 7 de octubre por separado sendos recursos ante la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Supremo en contra del decreto y, pese al rechazo de las cautelarísimas, aún podrían lograr una paralización mediante cautelares o, más adelante, mediante un fallo satisfactorio.

Motivos del rechazo

Las empresas consideran el decreto contrario a la Ley del Sector Eléctrico por alterar el mercado al dar mayor entrada a las centrales térmicas de carbón, en detrimento de otras tecnologías como los ciclos combinados de gas o las térmicas de carbón de importación, que resultarán desplazados.

La norma, entienden las empresas, requiere de la aprobación previa de una ley que permita retirar la retribución a las instalaciones eléctricas que queden desplazadas en el sistema por el mayor uso de centrales térmicas de carbón. Por este motivo, el decreto carece, a su juicio, de rango legal suficiente.

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Carmen Monforte / Bernardo de Miguel

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