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Nuevas medidas fiscales

Más impuestos por indemnizaciones

Las rentas irregulares superiores a 300.000 euros perderán los beneficios tributarios

El aumento del IRPF a las rentas altas ha dejado en un segundo plano otro cambio fiscal que también afecta a contribuyentes adinerados. A partir del próximo año, las llamadas rentas irregulares plurianuales -bonus, pluses por objetivos o indemnizaciones por despido- ya no podrán aplicar una reducción del 40% en el IRPF cuando superen los 300.000 euros.

Por ejemplo, hasta ahora, si un alto directivo obtenía una indemnización por despido de dos millones de euros -una cifra nada excepcional para un alto ejecutivo de una compañía cotizada-, podía deducirse hasta 800.000 euros, que quedaban libres de tributación. Si finalmente se aprueba el cambio propuesto por el Gobierno en la Ley de Presupuestos para 2011, el directivo sólo podrá deducirse el 40% de los primeros 300.000 euros de indemnización.

Así, un ejecutivo pagará unos 846.000 euros por una indemnización de dos millones de euros, 330.000 euros más que con la normativa actual (ver gráfico). O, dicho de otra forma, la tributación efectiva para el ejemplo propuesto pasará del 25,8% al 44,8%. El peaje fiscal, además, es doble. Las rentas irregulares se incorporan a las base liquidable del impuesto sobre la renta y, por tanto, también sufrirán el incremento fiscal aprobado por el Gobierno y algunas comunidades autónomas a las rentas altas.

Con carácter general, se aplicará un gravamen del 45% en lugar del 43% actual. En Cataluña, el tipo será aún mayor, del 49%. En Andalucía, Extremadura y Asturias tributarán al 48% y, en Baleares, al 46%.

El socio de Garrigues Pablo Álvarez de Linera explica que las cláusulas de blindaje son una práctica común entre las grandes empresas. De hecho, más del 80% de las compañías del Ibex blinda los contratos de parte de sus altos ejecutivos. El Banco de Santander es la compañía cotizada con más altos directivos blindados, 25, según la última memoria de Gobierno corporativo publicada por la CNMV y que corresponde a 2009. Abengoa, Bankinter y OHL son las únicas compañías del selectivo español que no utilizan este tipo de contratos.

En total, 256 directivos del Ibex cuentan con esas cláusulas de blindaje, un 7,9% menos que en 2008. Por regla general, establecen que en caso de despido, el directivo recibirá una indemnización que equivaldrá al sueldo de tres anualidades. Además, si durante los doce meses siguientes a su salida de la empresa no se va a otra compañía de la competencia se concede otro año de sueldo adicional.

Siete días por año

Si un consejero delegado o presidente de una gran compañía no cuenta con una cláusula de blindaje sólo tiene derecho a una indemnización por despido de siete días por año trabajado.

En el caso de los asalariados acogidos al régimen general no les afecta la reducción del 40% por rentas irregulares ya que la legislación establece que las indemnizaciones por despido y los ERE fijados en 20 días por año trabajado están exentas de tributación en el IRPF.

Rebaja del Umbral

El Gobierno incluyó en la Ley de Economía Sostenible, que aún no se ha aprobado, la eliminación de la reducción del 40% a las rentas irregulares cuando superasen los 600.000 euros. Sin embargo, finalmente, ha optado por rebajar el umbral a 300.000 euros.

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