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Derecho comunitario

Luxemburgo cuestiona la ley de apertura de farmacias asturiana

El Tribunal de la UE dice que discrimina a los profesionales extranjeros aunque defiende las restricciones geográficas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea afirmó ayer que para que la ley asturiana de adjudicación de farmacias sea conforme al Derecho comunitario, las restricciones que impone deben asegurar la atención farmacéutica en zonas con una demografía particular con un número suficiente de farmacias.

La normativa de Asturias establece requisitos para la concesión de estos establecimientos relacionados con la densidad demográfica y la distancia mínima entre farmacias, en concreto, un número mínimo de 2.800 o 2.000 habitantes por farmacia y una distancia mínima de 250 metros entre cada una de ellas.

La corte afirmó que estas limitaciones constituyen una restricción de la libertad de establecimiento, pero la consideró justificada ya que, entre otras cuestiones, responden al interés general y su objetivo es garantizar un abastecimiento de medicamentos a la población seguro y de calidad.

El tribunal razonó que si no existiera ningún tipo de regulación, cabría la posibilidad de que todos los farmacéuticos se concentraran en las localidades más atractivas para la venta, de modo que otros municipios no tendrían garantizada una atención farmacéutica de calidad.

Por otra parte, el Tribunal de Justicia de la UE señaló que los criterios de selección de titulares de nuevas farmacias que establece poseen un carácter discriminatorio, y por consiguiente, se oponen a la libertad de establecimiento. Afirma que valorar los méritos profesionales obtenidos durante el ejercicio profesional dentro de Asturias supone una discriminación entre los profesionales españoles y los extranjeros.

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