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No solamente cuando sean "graves"

El Banco de España puede intervenir entidades si hay circunstancias sobrevenidas

El Banco de España podrá intervenir bancos y cajas no sólo cuando se produzcan situaciones "graves", tal y como contemplaba el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), sino también cuando aparezcan "circunstancias sobrevenidas" que hagan imposible "una solución viable para una entidad".

Así se pone de manifiesto en el Decreto Ley aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros que incluye 26 medidas pactadas con todos los partidos dentro del denominado proceso del "Palacio de Zurbano" y que ha sido publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El citado texto, que entrará en vigor a partir de mañana, una vez se ha publicado en el BOE, incluye medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.

En el ámbito financiero, el decreto ley incorpora la clarificación de los Sistemas Institucionales de Protección (SIP), o "fusiones frías", que requerirán un compromiso mínimo de permanencia de 10 años a las entidades que compartan riesgos mediante esta figura, a la que el Gobierno garantizará neutralidad fiscal.

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BOE del 13 de abril de 2010

La norma también acortará de un mes a diez días el plazo que da el Banco de España a una entidad con dificultades para que presente un plan de viabilidad, y si es la propia institución financiera la que detecta sus riesgos y pide ayuda al supervisor que lo haga también presentando un plan.

Además, dentro de la norma, se le concede al supervisor la potestad de intervenir entidades en el caso de que "aparezcan circunstancias sobrevenidas que no hagan posible una solución viable para una entidad de crédito", sin que tenga el apoyo del FROB.

Con anterioridad, y según se argumentaba en el decreto ley del FROB, que publicó el BOE el pasado mes de junio, el Banco de España sólo podría intervenir si incumplían de "forma grave" alguna de las medidas concretas contempladas en este plan.

No obstante, el gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, consideró hoy que las modificaciones sobre la regulación de los SIP aprobadas el viernes por el Gobierno no amplían los poderes del supervisor, ya que, según recordó, éste podía intervenir cualquier entidad si no es viable.

"Los poderes los teníamos absolutamente todos", dijo el gobernador a los medios tras intervenir en el "XVII Encuentro del Sector Financiero".

La redacción de los cambios aprobados por el Gobierno, a juicio del gobernador, no amplían los supuestos en los que el organismo puede intervenir una entidad, por lo que para Fernández Ordóñez, el "centro de la cuestión" de los cambios aprobados es que se aceleran los plazos para acometer la reordenación financiera, al tiempo que se aclaran algunas dudas sobre los SIP.

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