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Disparidad normativa

El exceso de normas fiscales autonómicas noquea a los asesores

Consideran que las regiones utilizan en balde su capacidad normativa

"Nos volveremos locos con tantos cambios tributario". Es el temor que acecha a los asesores fiscales ante la diversidad y abundancia de normativa fiscal autonómica. Así lo defendió ayer el presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales, Jesús Sanmartín, que denunció que muchas medidas fiscales no obedecen a "una pensada política social económica".

De hecho, buena parte de las leyes fiscales aprobadas en 2009 y anunciadas a bombo y platillo por lo Gobiernos autonómicos afectan a un número reducido de contribuyentes. Por ejemplo, La Rioja estableció una rebaja del 7% al 4% en el impuesto de transmisiones patrimoniales para inmuebles adquiridos por una sociedad participada exclusivamente por jóvenes. La medida, si bien resulta beneficiosa, se limita a casos muy puntuales. Además, la Comunidad de Madrid, Castilla y León y La Rioja aprobaron una bonificación del 100% para escrituras que documenten modificaciones en préstamos hipotecarios para adquirir una nueva vivienda. Sin embargo, el director del REAF, Luis del Amo, aseguró que esta norma no tiene ningún sentido porque ya figura en la legislación estatal. En este sentido, Del Amo sostiene que las "comunidades utilizan mal la capacidad normativa".

En cualquier caso, el nuevo modelo de financiación autonómica otorga más margen legislativo a las comunidades. En primer lugar, los cambios que los Ejecutivos autonómicos aprueben en el IRPF afectarán al 50% del impuesto y no al 35% como sucedía con el modelo anterior. Y, ahora, las comunidades tienen capacidad para modificar el número de tramos, aunque, de momento ninguna se ha atrevido. Además, pueden elevar o disminuir en un 10% los mínimos personales en el IRPF. Madrid, ya ha anunciado su intención de reducirlos.

Morir en Extremadura resulta un mal negocio

La disparidad normativa entre comunidades autónomas queda reflejada, sobre todo, en el impuesto de sucesiones y donaciones. En Extremadura, los contribuyentes que reciben una herencia deben pagar una parte importante a Hacienda, mientras que en la mayoría de comunidades, como Madrid, Asturias o Cantabria, prácticamente no se tributa. El REAF puso el ejemplo de una herencia formada por dos viviendas, un cuenta de 58.000 euros y 50.000 euros en acciones (ver gráfico). En Extremadura, los herederos abonarán al fisco casi 9.000 euros y en Galicia y Baleares, 2.700 euros. En el resto, se paga muy poco o, incluso, nada.

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