_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

El sistema de clemencia da resultados

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) publicaba recientemente su primera Resolución sancionadora en aplicación del programa de clemencia en la que impuso multas de más de 8 millones de euros a varias empresas que participaron en un cartel entre los principales fabricantes de gel de baño y ducha. El acuerdo consistió, resumiendo, en un compromiso entre varias compañías (Sara Lee, Henkel, Colgate, Puig) para realizar un aumento encubierto de precios del gel a través de una reducción del tamaño del envase, pero manteniendo el mismo precio.

Lo novedoso es que es el primer caso en que se sanciona a unas empresas en aplicación del programa de clemencia. Consiste, esencialmente, en que la empresa que delate la existencia de un cártel y a sus participantes -si es el primero en hacerlo- quede exenta del pago de las sanciones que se impongan a los miembros del cártel.

Antes de su implantación, no fueron pocas las voces que plantearon sus dudas sobre el seguimiento que podría tener en España. Sin embargo, no existían motivos para pensar que el régimen de clemencia no llegara a tener un efecto igualmente positivo para la investigación y sanción de los cárteles como el cosechado a nivel de la UE.

Pues bien, esta primera resolución de la CNC pone de manifiesto que el programa de clemencia tendrá éxito y servirá para que muchas empresas que participan en algún cartel se empiecen a replantear los beneficios de delatar a sus compañeros de viaje, al ver que revelar su existencia les reportará un resultado muy positivo, en términos de exención o reducción de sanciones. La empresa que denunció la existencia del cartel (Henkel) ha visto reducida su posible sanción a cero, cuando debía haber superado los cuatro millones de euros. Sara Lee ha conseguido una importante reducción de la multa del 40%.

No obstante, la exención del pago o reducción de las multas no exime a las empresas de una eventual reclamación de daños por parte de todos aquellos que se consideren perjudicados, dado que además han reconocido explícitamente -han confesado- su participación en un cartel y no podrán alegar posteriormente su inocencia.

Sin duda, el efecto de esta resolución para otras empresas que estén formando parte de un cartel puede ser demoledor, pues servirá para instalar la absoluta desconfianza entre sus miembros al no saber si alguno de ellos acabará denunciado el acuerdo a las autoridades de competencia a cambio de la exención de la multa. Ese es parte del éxito: desincentivar este tipo de conductas tan dañinas para los consumidores.

José Ayllón. Socio de Dutilh Abogados

Archivado En

_
_