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Bufetes de abogados

Un plan de sucesión para poder colgar la toga

La mayoría de los pequeños despachos no planifican el día después del retiro del fundador.

Cuando en 1967 José Conesa Ballestero fundó Bufete Jurídico Conesa la sucesión no formaba parte de sus preocupaciones. Abogado, especialista en derecho laboral y padre de cuatro hijos, poco podía imaginar entonces quién le sucedería en el bufete. Desde hace diez años, Josep y Jordi Conesa trabajan con su padre en el despacho. Hoy, mientras el primero ostenta la dirección jurídica, el segundo -economista- se ocupa de la gestión.

Antes de incorporarse a la dirección, ambos hermanos se prepararon a conciencia con el respaldo de su padre: a sus titulaciones universitarias sumaron una buena formación de posgrado, estancias en Italia e Inglaterra y la experiencia de haber abierto una gestoría a los 18 años y haberla compatibilizado con los estudios. "Mi padre nos dio 500.000 pesetas para constituir la S.L. y a partir de ahí mi hermano y yo iniciamos la aventura", cuenta Jordi Conesa. Como alma máter de la firma, José Conesa continúa en el despacho, aunque centrado en labores de representación, contacto con clientes, conferencias y clases en la universidad. "Yo siempre digo: piensa a lo grande y actúa en local", señala Jordi, cuyo objetivo desde que se hizo con la gerencia ha sido convertir el despacho en una moderna empresa de servicios profesionales.

Sucesiones planificadas como la de Bufete Jurídico Conesa no abundan en los pequeños despachos, pese a que éstos articulan la mayor parte del tejido profesional de la abogacía española. "æpermil;sta es una cuestión que la mayoría de los profesionales no tiene resuelta. Según nuestros estudios, alrededor de un 75% asegura que no lo ha previsto", explica Jordi Amado, fundador de la consultora especializada en despachos profesionales Planificación Jurídica.

Según Amado, "cuando un abogado supera los 50 años empieza a plantearse preguntas existenciales del tipo: ¿el ritmo de trabajo que estoy asumiendo ahora podré mantenerlo a los 58 años... a los 60 años? ¿Tengo equipo o profesionales que puedan sustituirme? ¿Podré mantener mi nivel de vida o tendré que continuar hasta después de la jubilación?". Desde su experiencia, cuando un profesional llega a la edad de dejar el despacho se abren ante él tres posibilidades: dejárselo a sus hijos si éstos quieren continuar con la firma, traspasárselo a sus empleados o a sus socios, en caso de tenerlos, y venderlo. "Hay muchos pequeños despachos que desaparecen. Pero, en realidad, su fondo de comercio, sus clientes, podrían migrar a otro despacho interesado", explica Amado, que ha gestionado numerosas compraventas de pequeñas firmas en pleno relevo generacional.

Según José Luis Matalí, coordinador de la comisión de prospectivas profesionales del colegio de abogados de Barcelona, "los profesionales asociados en pequeñas firmas deben tomar conciencia de que hay que regular estatutariamente las condiciones de transmisión de sus participaciones como socios, en previsión de lo que pueda ocurrir en el futuro, ya sea un fallecimiento o una jubilación".

Según Matalí, las consecuencias de esa imprevisión son aún más graves en las firmas con un solo socio. "Si no hay hijos, pero sí otros abogados en el despacho, a partir de una cierta edad deben plantearse fórmulas que permitan transmitir el bufete a esas empleados, bien a través de una sociedad, una cooperativa, etc.", advierte.

Entre los consejos que Amado da a sus clientes destaca la necesidad de plantearse seriamente ahorrar. "Construir un patrimonio que permita mantener el nivel de vida tras el retiro debe ser un objetivo fundamental", señala. Para ello hay que evitar mezclar las finanzas personales y familiares con las del despacho - "lo que se retira del bufete debe considerarse como honorarios y/o como beneficio, pero hay que contabilizarlo"- y, si se llega a la decisión de vender, hay que preparar con uno o dos años de antelación el despacho para un mejor resultado.

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Recetas para llevar a cabo un relevo con éxito

Emulando la fábula de la hormiga y la cigarra, el profesional debe pensar con tiempo y dedicación qué ocurrirá con la firma y con su propio futuro cuando llegue el momento de retirarse. Como explica el consultor Jordi Amado, hay dos grandes situaciones que suelen darse en el sector:

Profesionales con un despacho propio que tienen asegurado el relevo familiar. En este tipo de firmas, "el titular, una vez jubilado definitivamente, continúa percibiendo unos ingresos del despacho por el fondo de comercio generado, normalmente en concepto de dividendos", explica Amado. Esta práctica debe regularse estatutariamente y planificarse convenientemente. "Se pueden buscar muchas fórmulas, pero yo recomiendo limitarlo temporalmente". En ocasiones, pese a haber hijos que siguen con el negocio, "estos no tienen ni la capacidad ni el empuje para mantenerlo a flote". En esos casos, la mejor opción es vender.

Profesionales sin relevo generacional. En el mejor de los casos, se trata de titulares que han ahorrado lo suficiente como para poder dejar el despacho. "De una forma natural, el titular decide traspasar la firma a un compañero o a los mejores profesionales del despacho", señala Amado. Para el consultor, esta solución tiene un defecto: normalmente los acuerdos económicos no suelen ser "óptimos" para el titular.

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