Fondos ICO y SGR
Todas las Administraciones coinciden en proclamar que la innovación es vital para mantener el tejido empresarial y resolver los problemas de la crisis económica, con mínimos de inversión en I+D, que para el año 2000 se fijaban en un 3% sobre el PIB. Aunque la Administración hizo parte de sus deberes, creando financiación pública para la innovación, como los fondos ICO, la gestión práctica de estas ayudas ha desvirtuado su espíritu. La distribución de los fondos ICO se transfirió a la banca. Pero, para un banco, garantía significa la seguridad de que un determinado proyecto empresarial producirá beneficios, o de que recuperará la inversión. Así pues, o bien exigirá que el riesgo sea mínimo, o que alguien avale el préstamo con sus bienes. Tal planteamiento es antagónico con la innovación y, ante la duda, el banco asume tácitamente que el riesgo es demasiado elevado.
Pero la experiencia demuestra que innovar es introducir novedades en el modelo de negocio, el riesgo no es infinito, ni indeterminado. Aunque innovar es arriesgado también representa un oportunidad de beneficio -individual y para el país- muy superior y más duradera.
El emprendedor oye con ilusión que el Estado español pone a su disposición los fondos ICO, ¡8.000 millones! Pero, en la práctica, esos fondos raramente llegan a las empresas innovadoras. Los bancos no los gestionan como fondos de inversión, sino como préstamos, exigiendo garantías que cubran todo el capital. El carácter volátil de la innovación hace imposible que el propio negocio sirva como garantía, y a partir de ahí ya no hay ICO que valga.
¿Por qué la banca utiliza distintas varas de medir para los modelos de negocio conocidos y para la innovación? En gran parte porque no dispone de los instrumentos adecuados para realizar el análisis tecnológico, tampoco los emprendedores o las pymes pueden demostrar fehacientemente una favorable relación beneficio/riesgo para su proyecto.
¿Cómo resolver el dilema? En primer lugar, la Administración debería garantizar la devolución del 100% del capital prestado, a través de las sociedades de garantía recíproca (SGR). Actualmente, las SGR avalan unos pocos proyectos de innovación, asumiendo el riesgo ante la banca; sin embargo, siguen exigiendo afianzamiento personal al emprendedor. Una solución sería que la Administración destinase parte de los fondos ICO a crear un fondo de garantía para la concesión de créditos sobre la base de un plan de negocio sólido, y para subsanar este coste inicial, la Administración debería instituir ayudas puntuales a fondo perdido.
Miguel Huguet. Presidente de la Asociación para el Desarrollo y la Innovación Empresarial AS-Innova