_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Convergencia de la ley audiovisual

Gracias al despliegue de los últimos años de la tecnología digital, el fenómeno convergente entre el sector de las telecomunicaciones y el audiovisual hoy es una realidad social y de mercado en el contexto internacional y español. Hoy las empresas de telecomunicaciones, los fabricantes de equipos de red y de electrónica de consumo, los operadores de televisión, los desarrolladores de aplicaciones informáticas y por supuesto los usuarios vivimos en un entorno convergente en el que accedemos a diferentes servicios de telefonía fija o móvil, a internet, a la televisión y los contenidos audiovisuales a través de diferentes terminales. Los usuarios accedemos a esta enorme oferta comercializada por los diferentes operadores de forma empaquetada o desagregada mediante cualquiera de las infraestructuras disponibles para ello: ondas, par de hilos de cobre, cable coaxial o fibra óptica.

En este contexto, el anuncio hecho por el Gobierno de remitir esta primavera un texto de Ley General Audiovisual que integre en su articulado la creación de una autoridad reguladora independiente audiovisual, da la oportunidad de al fin disponer para España de una autoridad convergente sobre la base de la estructura de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, que trabaje en un entorno de cooperación con las distintas autoridades audiovisuales de las comunidades autónomas e introduciendo a España en la senda de la regulación convergente ya iniciada por otros países de nuestro entorno, como Reino Unido con Ofcom, Italia con Agcom o Estados Unidos de América con la FCC, entre otros.

Desde el año 1995 arranca la formulación de la necesidad de una autoridad audiovisual independiente para España, cuando el Senado español aprobó, por unanimidad, un informe solicitando su creación, en línea con la práctica existente en todos los países de nuestro entorno y las recomendaciones de la Unión Europea. Por su parte, el Consejo de Europa aprobó en el año 2000, con el voto favorable de España, una recomendación instando a los Estados miembros a crear autoridades audiovisuales independientes, mandato al que han dado cumplimiento algunas comunidades autónomas, como es el caso de Cataluña, Navarra o Andalucía, pero aún no las autoridades estatales. Este mandato aparece ya como imperativo desde el momento en que se aprueba la Directiva 2007/65/CE, conocida como de servicios audiovisuales sin fronteras, que debe encontrarse incorporada al ordenamiento jurídico interno español antes del final del presente año 2009. Así se pondría fin a lo que es sin duda un grave déficit democrático en el caso español, la carencia de un marco general para el sector audiovisual, que ofrezca un marco legislativo básico para este sector, además de seguridad y homogeneidad jurídica que acabe de una vez por todas con la práctica gubernamental de acometer medidas legislativas parciales para todo aquello que se refiere a la televisión y la radio.

Así, ya en 1997 se señaló como objeto de la CMT, en tanto que organismo responsable, el de salvaguardar, '…en beneficio de los ciudadanos (…), las condiciones de competencia efectiva en el mercado de las telecomunicaciones y de los servicios audiovisuales, telemáticos e interactivos, velar por la correcta formación de los precios en este mercado…'. Esta perspectiva que coloca a los ciudadanos en el eje de la regulación y la competencia en estos mercados, hoy nos ofrece las bases de la que debiera ser, para el futuro, una regulación homogénea e integrada del mercado de las comunicaciones en España.

En todo caso, a nadie se le escapa que la regulación de las infraestructuras y los servicios de comunicaciones reviste diferencias respecto de la regulación de los contenidos. Por ello resultaría oportuno, en el seno de un mismo organismo como la CMT, la existencia de dos consejos especializados en cada uno de estos ámbitos regulatorios convergentes, con la posibilidad de realizar sesiones conjuntas y compartiendo presidencia y personal a su servicio. Esta solución ofrece un marco innovador, en línea con las experiencias más avanzadas con las propuestas de eficiencia administrativa impulsadas en nuestro país, acorde con la realidad de nuestro mercado y para los usuarios de los servicios de comunicaciones, que lo somos todos.

Ángel García Castillejo. Consejero de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT)

Archivado En

_
_