Adiós a la 'disfunción 14'
La decisión de la Comisión de la Energía de no aplicar la llamada función 14 a la compra de Unión Fenosa por Gas Natural supone, de facto, el toque de gracia a una de las prerrogativas más controvertidas del regulador energético, que resultó mutilada el pasado julio por una sentencia del Tribunal de la UE.
La CNE tenía ayer dos opciones: o mantener in extremis su capacidad de analizar las compras por parte de empresas reguladas (aunque no cuando éstas son las adquiridas) que le otorga la Ley de Hidrocarburos, o poner fin a una potestad que fue trastocada por el Gobierno para frenar la opa de Eon sobre Endesa en 2006 y que, en muchas ocasiones, ha resultado o restrictiva o discriminatoria. Un buen número de operaciones relevantes han escapado a su dictamen, mientras otras de menor envergadura lo han tenido que superar. De hecho, tras su anulación parcial, casi resulta de aplicación sólo para Gas Natural.
A la vista de que el argumento para no ver la compra de Fenosa es que la compradora no es una sociedad regulada, sino la matriz del grupo, todas las operaciones futuras se harán a través de sociedades creadas ad hoc.
El Gobierno debe decidir si deroga la potestad que Luxemburgo ha mutilado o la reescribe
Hasta su reforma, la función 14 sólo afectaba a las empresas adquiridas, por lo que compras como la de Fenosa por ACS no fueron analizada, y a españolas, pues las extranjeras escapan a la autoridad de la CNE. Esto, unido a que el regulador no puede aplicarla de oficio, sino a petición de la implicada, ha conllevado serios precedentes.
Prácticamente, todas las compras realizadas por energéticas españolas fuera han escapado al regulador: la compra de Scottish Power y Energy East por Iberdrola; las grandes inversiones de Endesa en el exterior y las compras de la propia Gas Natural.
Además, tras la ampliación de la 14, además de los activos regulados, la norma incluía otros considerados estratégicos, como los gasoductos internacionales o las nucleares, que llevaron a un enfrentamiento entre el regulador y Sonatrach, que terminó con una de las más sonadas desautorizaciones del Ministerio de Industria. æpermil;ste eliminó todas las condiciones impuestas al grupo argelino por el regulador tras reforzarse en el capital de Medgaz.
Una de las razones que, para muchos, justifican el fin de la 14 es que la labor de la CNE ha resultado la mayoría de las veces infructuosa, dada la anulación sistemática de sus dictámenes de fusión por parte del ministerio.
El Gobierno, que manejó la norma según su interés, ha hecho mutis ante el conflicto de interpretación jurídica planteado tras la sentencia de julio y no ha ofrecido señal alguna sobre su posición: sigue siendo un misterio si pretende derogar todo el texto de la 14 o si promoverá una nueva redacción.
En cualquier caso, dado que la UE no se ha pronunciado respecto a operaciones internas (en España hay más de 300 distribuidoras al margen de las grandes), el Gobierno debería mantener la potestad del regulador para vigilar que la distribución de gas y luz (monopolios naturales) no peligren.