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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Sentido común en fiscalidad

El sentido común ha prevalecido en la decisiva sentencia dictada ayer por el Tribunal de Justicia europeo sobre la potestad del País Vasco para fijar su propio impuesto de sociedades. Los jueces comunitarios reconocen que la comunidad autónoma y sus tres territorios históricos (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) cumplen sin ninguna duda los criterios institucionales y de procedimiento, que la propia Corte europea fijó en un fallo anterior, como condición para permitir que una autoridad infraestatal varíe el impuesto de sociedades nacional sin violar las normas de competencia sobre ayuda de Estado. Y la máxima autoridad judicial de la UE deja a los jueces del País Vasco la tarea de comprobar que el ejercicio de esa potestad -reducir el impuesto de sociedades- se lleva cabo sin que el Estado compense una posible pérdida de ingresos.

El fallo ataja, por un lado, las especulaciones jacobinas contrarias al ordenamiento autonómico consagrado por la Constitución Española de 1978 y, por otro, el riesgo de que esa descentralización degenere en una conducta fiscal irresponsable. Ahora corresponderá al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco zanjar la cuestión concreta sobre la legalidad o no de la reducción del impuesto de sociedades aprobada en 2005 por los tres territorios históricos, que dejaron en el 32,5% el tipo de gravamen frente al 35% nacional. Pero no cabe duda de que, si los jueces de la comunidad siguen las pautas marcadas por los comunitarios, el veredicto redundará en la coherencia y predecibilidad de todo el sistema fiscal español.

Es en ese terreno, el de la competencia fiscal leal y responsable, donde debe retomarse ahora el debate. Al País Vasco, como a cualquier otra entidad con capacidad fiscal, habrá que pedirle que ejerza su derecho con el mismo sentido que han utilizado los jueces comunitarios para reconocerle su autonomía. Esa responsabilidad pasa por ajustar ingresos y gastos, partiendo de la premisa de que no puede haber vasos comunicantes entre la caja estatal y la regional para compensar los regalos fiscales que buscan atraer inversiones o votos en las elecciones. Un sentido de la proporción, por cierto, que no viene mal recordar al resto de actores regionales y locales que ahora discuten con el Gobierno central el mapa de su futura financiación.

El Gobierno vasco, que ayer recibió con euforia la sentencia, también debe extraer dos lecciones adicionales. La primera, que el ordenamiento actual, incardinado con la legislación comunitaria, permite de sobra, en contra de lo que a veces proclama, que la comunidad autónoma desarrolle completamente sus atribuciones, incluida la fiscal. Y segunda, que dentro de ese ordenamiento no tiene cabida la competencia fiscal desleal, intentada con regímenes selectivos como las vacaciones fiscales, destinadas expresamente a arrebatar empresas a otros territorios. Los mismos jueces cuya sentencia se celebra hoy dictaron repetidas veces contra ese tipo de regímenes. Y sus sentencias exigiendo la devolución de las ayudas siguen, por cierto, sin acatarse. En un Estado de derecho, como España y el resto de los socios de la UE, la justicia se respeta siempre. Cuando se gana, como ayer el País Vasco, y también cuando se pierde.

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