El Gobierno crea un registro para regular las reunificadoras
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el proyecto de ley por el que se regula la actividad de las reunificadoras de deudas, entidades cuyo principal actividad consiste en la intermediación en préstamos hipotecarios y de consumo.
A partir de ahora, estas compañías no podrán operar en el mercado español hasta que no estén inscritas en un registro público estatal y contraten un seguro de responsabilidad civil.
El nuevo archivo, que hasta el momento no existía, 'se nutrirá de los departamentos similares que las comunidades autónomas, autoridades competentes en materia de consumo, decidan crear para este fin' según ha informado el Gobierno.
Además, la ley también aumentará los requisitos que deberán cumplir estas sociedades para ofrecer créditos hipotecarios o préstamos que reunifiquen deudas.
Requisitos de información
En este sentido, los contratos formalizados deberán respetar unos contenidos mínimos e informar de la tasa anual equivalente (TAE). Las comisiones también tendrán que responder a servicios realmente prestados o gastos ocasionados, y se exigirá que previamente las tarifas estén recogidas en un folleto.
A las empresas, y no sólo las entidades de crédito como ocurría ahora, se les solicitará escritura pública para la formalización de los préstamos hipotecarios. También cuando la compañía traslade la tasación de los inmuebles inmobilarios al coste del consumidor, se indicará la identidad de los profesionales y las tarifas de los honorarios aplicables.