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Trabajo

La subida salarial media pactada en los convenios registrados hasta mayo alcanzó el 3,47%

El incremento salarial medio pactado en los convenios colectivos registrados hasta mayo alcanzó el 3,47%, cifra inferior en más de 1,2 puntos al IPC armonizado (4,7%) adelantado por el INE y cuatro centésimas superior al incremento salarial del 3,43% registrado hasta el primer cuatrimestre del año.

En mayo de 2007, la subida salarial pactada en convenio fue del 2,88%, casi seis décimas menos que un año después.

Según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, entre enero y mayo se registraron un total de 2.870 convenios, que afectaron a 6.975.500 trabajadores y contemplaban una jornada laboral media de 1.748,8 horas anuales.

Del total de convenios registrados, 2.105 eran de empresa, con efectos sobre 615.100 trabajadores, y 765 tenían ámbito sectorial, con cobertura sobre 6.360.400 trabajadores.

La subida salarial pactada en los convenios de empresa alcanzó en los cinco primeros meses del ejercicio el 2,8%, frente al 3,54% de los convenios sectoriales. No obstante, también es menor la jornada laboral en los primeros (1.710,1 horas anuales) que en los segundos (1.752,5 horas).

Por sectores de actividad, el mayor incremento salarial acordado hasta mayo correspondió a la construcción (3,68%), seguido de los servicios (3,49%), la industria (3,40%) y la agricultura (3,1%).

La agricultura tiene la jornada más alta

En cuanto a la jornada media por trabajador, los convenios de agricultura tienen pactadas 1.768,4 horas anuales; los de industria, 1.752,4 horas; los de servicios, 1.746,1 horas, y los de construcción 1.744,7 horas.

La negociación colectiva se rige por el Acuerdo Interconfederal de Negociación Colectiva (ANC) para 2008 consensuado por CC.OO, UGT y CEOE y Cepyme y que, entre otras cosas, trata de favorecer la moderación salarial.

Así, este acuerdo recomienda que las subidas salariales se pacten en función de tres variables: la previsión oficial de la inflación (2%), el reparto negociado de la productividad y la inclusión de cláusulas de revisión salarial para garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo.

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