Multa a las tres cajas vascas y a la navarra por pactar precios y repartirse el mercado
La Comisión Nacional de la Competencia ha multado con 24 millones de euros a las tres cajas de ahorros vascas (BBK, Kutxa y Vital) y la CAN de Navarra por actuar como un cártel durante quince años. El organismo público estima que estas entidades pactaron no entrar en los territorios de sus competidores.
La resolución que puede ser recurrida en primera instancia ante la Audiencia Nacional y en segunda ante el Tribunal Supremo, es la segunda de la Comisión Nacional de la Competencia, tras la de Gesa, pero la de mayor cuantía por aplicar prácticas restrictivas de la competencia. De los 24 millones, BBK y Kutxa de Guipúzcoa deberán abonar siete millones cada uno, seis CAN y cuatro Vital Kutxa. Esta sanción, se podría haber sorteado, según los expertos, si hubieran fructificado alguno de los diferentes proyectos de fusión de las tres cajas vascas.
La apertura del expediente se produjo en octubre de 2005 por parte del Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) y afectó en un primer momento a las tres cajas. Dos meses después se ampliaría a la Caja de Ahorros de Navarra (CAN).
En el dictamen del SDC Competencia, hecho público ayer, se considera probado la existencia de un acuerdo global entre las cuatro entidades de ahorro imputadas. Este pacto, según su versión, incluía la no competencia entre ellos en sus respectivas áreas de influencia y la coordinación de 'comportamientos competitivos frente a terceros'. Añade que, por sus características, el acuerdo entre competidores objeto de la resolución constituye 'un cártel, la infracción más grave prevista en las normas de defensa de la competencia'.
Esta argumentación de Competencia que ha servido de base para aplicar la cuantiosa sanción, ya fue rechazada por estas cajas hace dos años pero con diferentes matices. BBK, por ejemplo, expuso que no había lugar a tales prácticas porque casi todas las entidades financieras operaban en los territorios de origen de estas cajas. Abundaba en el asunto al señalar que entre las prioridades para realizar aperturas no se incluía contar con sucursales en Álava, Guipúzcoa o Navarra. Hoy la entidad financiera presidida por Xabier de Irala cuenta con cinco oficinas en Navarra y tres en Álava.
Vital Kutxa, por su parte, esgrimió que todas las aperturas realizadas se habían basado 'en criterios económicos'. Vital tiene en Navarra una oficina, Kutxa cinco y CAN finalizará este año con una red de unas 50 sucursales operativas en Euskadi.
La CAN fue la única de las cuatro entidades en mostrar su opinión. La caja navarra anunció un recurso ante la Audiencia Nacional y solicitará la suspensión cautelar de la sanción. Esta entidad afirmó, que en el expediente no se habían tenido en cuenta sus alegaciones.
Competencia del País Vasco
Fuentes consultadas aseguran que el Consejo Nacional de la Competencia, antes de resolver sobre este asunto, solicitó al Tribunal de la Competencia del País Vasco un informe preceptivo pero sin carácter vinculante. El Tribunal vasco reclamó su jurisdicción sobre la materia. La solicitud fue denegada al estar en el conflicto la CAN.
En su informe, el Tribunal de Competencia del País Vasco sugirió que sí se podría entender un reparto de mercado entre las cuatro cajas pero en ningún caso una situación de cártel. Es más, añadía que la colaboración de estas entidades estaba reglada en la Federación de Cajas de Ahorros Vasconavarras sin más cuestiones que las colaboraciones en materia de una sociedad de Bolsa conjunta o en el campo de la informática. Le pedía, además, a la Comisión Nacional de la Competencia que analizará 'todos los efectos', antes de tomar una decisión en un resolución que se suponía de calado.
Esta línea argumental, sin embargo, ha sido rechazada por el organismo presidido por Luis Berenguer. La Comisión considera acreditados que, por ejemplo, se fijaron precios y otras condiciones comerciales (tipos de interés a promotores inmobiliarios u otro tipo de remuneraciones) y el intercambio de información sobre costes operativos, entre otros acuerdos. En medios del sector se asegura que este último caso es una práctica habitual entre entidades financieras.
Precedentes por reparto del mercado
La Comisión Nacional de Competencia, en su versión anterior, es decir cuando estaba vigente el Servicio y el Tribunal de la Competencia, ya sancionó a otras entidades financieras por reparto de mercados pero sin llegar a calificar su actuación de cártel, tal y como ha dictaminado en el asunto que afecta a las tres cajas de ahorros del País Vasco y la CAN. Así en 1996 sancionó con 660.000 euros a las Cajas de Ahorros de Baleares, Manresa, Tarragona y Tarrasa por un acuerdo de colaboración en su red de cajeros y en la adopción de una marca comercial conjunta. Dos años después actuó contra la Asociación Española de Cajas Rurales (AECR), y en especial con la Rural de Tenerife y la de Gran Canaria, también por reparto de mercado. La sanción ascendió a 180.000 euros.