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Fiscalidad

La CE apoyó la norma española sobre fondo de comercio

La Comisión Europea defendió en 2006 los incentivos fiscales españoles a los que ahora acusa de ayuda de estado. El brusco giro, según los expertos, hace casi imposible que se pueda exigir a las empresas la devolución de las ayudas.

La Comisión Europea abrió el pasado miércoles una investigación por ayudas de estado a los incentivos fiscales españoles para la internacionalización de las empresas. Bruselas advertía al mismo tiempo que si sus sospechas se confirmaban podría exigir la devolución de unas ayudas multimillonarias de las que se beneficiaron empresas como Telefónica, Santander o Iberdrola.

Pero una respuesta de la propia Comisión a una pregunta de la europarlamentaria liberal británica Sharon Bowles puede convertirse en la mejor defensa del Gobierno y las empresas españolas. Fue en febrero de 2006, a raíz de la opa de Telefónica sobre O2, cuando la CE resolvió las dudas de Bowles sobre la posibilidad de que la compra hubiese reportado una ayuda de estado a la operadora española.

'Las normas fiscales españoles sobre amortización del fondo de comercio se aplican a todas las empresas en España, independientemente de su tamaño, sector, naturaleza legal o si son de propiedad pública o privada', explicó entonces 'en nombre de la Comisión' el titular de Mercado Interior, Charlie McCreevy. 'Por consiguiente', añade la respuesta parlamentaria E-4772/05 de 17 de febrero del año pasado, 'no parecen caer dentro del ámbito de aplicación de las reglas sobre ayudas de Estado'.

Bruselas se mostraba entonces dispuesta a cambiar de opinión si llegaban a su poder nuevos datos, pero advertía que desde su punto de vista 'las preferencias fiscales disponibles para todos los agentes económicos que operan dentro de un Estado miembro son, principio, medidas generales y no una ayuda de Estado'.

El Gobierno ya ha indicado que utilizará ese argumento de la universalidad para defender la desgravación introducida en el impuesto de sociedades en 2002. Pero los expertos consultados añaden que la toma de posición de la CE en 2006 puede tener consecuencias favorables para las compañías españolas incluso si Bruselas dictaminara que el régimen fiscal era ilegal. 'Las empresas actuaron con legítima confianza porque la CE ya se había pronunciado a favor del mecanismo', señala un abogado especializado en competencia.

El secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña, parece compartir ese optimismo. 'Nuestras empresas pueden estar tranquilas', aseguró el pasado viernes en declaraciones reproducidas por Europa Press. 'La previsión de devolución es cero, con independencia de cual sea el resultado del expediente'.

Otros abogados dudan que la comisaria europea de Competencia, Neelie Kroes, vaya a llevar el expediente hasta el final y recuerdan que esta Comisión, a la que le quedan menos de dos años de ejercicio, 'puede abrir muchos expedientes que no llegue a cerrar'. Incluso los supuestos damnificados del régimen español dudan de la viabilidad de la investigación. 'Será difícil demostrar que es una ayuda de Estado', confesaba el viernes en su editorial el Financial Times, uno de los diarios que ha instigado la campaña contra el exitoso incentivo español.

Las empresas defienden su estrategia inversora

Las empresas españolas que han protagonizado la reciente ofensiva europea niegan que hayan diseñado su estrategia con arreglo a los incentivos fiscales sobre el fondo de comercio (una desgravación del 5% sobre la diferencia entre el dinero pagado al comprar una empresa extranjera y el valor contable de sus activos). Algunas, cuyas operaciones han provocado quejas ante la CE, aseguran que ni siquiera se han beneficiado de ese régimen. Es el caso de Sacyr, primer accionista (33,2%) de la constructora francesa Eiffage, que dice no haberse aplicado 'en ningún caso' las ventajas fiscales. Otra constructora, Ferrovial, aclara que su desembarco en el gestor aeroportuario BAA se produjo a través de una entidad británica domiciliada en Reino Unido y, por tanto, la operación debería tributar en ese país. En cuanto a la inversión en autopistas francesas, las concesionarias españolas recuerdan que 'el margen para la deducción es escaso y apenas se genera fondo de comercio porque cada activo tiene un valor asignado'.

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