La deducción vasca al alquiler es más alta que la del plan del Gobierno
Hasta 1.600 euros pueden deducirse los inquilinos que hagan la declaración de la renta en el País Vasco. Y si son menores de 35 años, hasta 2.000 euros, una oferta más generosa que los 1.350 euros anunciados como máximo por el Gobierno central. Salvo Aragón, Castilla-La Mancha, Murcia y La Rioja, la deducción por alquiler de vivienda es una realidad en el resto de comunidades.
Desde que las comunidades autónomas empezaron a hacer uso de su competencia fiscal en su tramo del IRPF, la deducción por alquiler de vivienda se ha ido extendiendo por toda la geografía. En la actualidad, sólo Aragón y Castilla la Mancha (dos comunidades gobernadas por el PSOE) y La Rioja (PP) prescinden de este beneficio fiscal.
Frente a los 1.352 euros que, de máximo, podrá deducirse un inquilino tras el anuncio realizado por el presidente del Gobierno, las comunidades autónomas ya ofrecen desgravaciones que van desde los 194 euros de la Comunidad Valenciana a los 1.600 euros de las tres comunidades forales vascas.
La nueva deducción fiscal será muy similar a la desgravación por compra de vivienda. Desde enero, se podrá deducir el 15% del alquiler sobre un máximo de 9.015 euros. Es decir, de máximo, de la cuota del IRPF se restarán 1.352 euros. Para ello no será necesario cumplir ningún requisito de edad, aunque sí ganar menos de 28.000 euros.
En el caso de las ayudas fiscales de las comunidades autónomas, los principales beneficiados son los jóvenes con bajo nivel de ingresos. En general, en casi todos los territorios, se exige que el contribuyente tenga menos de 35 años y una base imponible en el IRPF inferior a unos límites que varían según los territorios, pero que, en ningún caso, son superiores a 30.000 euros. Si bien hay uniformidad territorial a la hora de reconocer esta desgravación, los requisitos para acceder a ella son muy variados.
En conjunto, la deducción se fija en toda España a partir de un porcentaje sobre el alquiler anual hasta un importe máximo deducible. Pero, por ejemplo, en Asturias la edad no es un requisito y cualquiera con una base imponible inferior a 24.040 euros puede restar de su IRPF el 10% del alquiler hasta 500 euros.
En Cataluña, además de los menores de 32 años, los contribuyentes que hayan estado en paro más de 183 días en el año también pueden deducir el 10% del alquiler anual hasta un máximo de 300 euros. Eso sí, siempre que la base imponible de su IRPF sea inferior a 20.000 euros.
Un caso de especial generosidad fiscal es el de las comunidades forales vascas. Álava, Guipúzcoa y Vizcaya tienen un IRPF propio que les da un margen de maniobra más amplio que al resto de los territorios. Cualquier contribuyente de las haciendas vascas que viva de alquiler se puede deducir el 20% de la renta que pague hasta un máximo de 1.600 euros. Si es menor de 35 años, la deducción se eleva al 25% del alquiler con un máximo de 2.000 euros. Además, tras la reforma del IRPF que entró en vigor en enero en el País Vasco, el capital inmobiliario (los ingresos que obtiene el propietario de inmuebles dados en alquiler), tributa al tipo fijo del 18%.
La deducción estatal anunciada por el Gobierno no se aplicará en los territorios forales al tratarse de una medida que afecta al IRPF de régimen común. Sí es de aplicación en el resto de España donde podrá solaparse con las deducciones regionales, del mismo modo que ya se superponen las desgravaciones para el fomento de la familia.
En conjunto, las desgravaciones regionales suman 88 millones de euros anuales y afectan a 680.000 liquidaciones (de un total de 13 millones) por un importe medio de 129 euros.
Los alquileres anteriores a 1998 tienen un coste fiscal de 31 millones de euros
La reforma fiscal del primer Gobierno del Partido Popular (1999) fue la encargada de suprimir la deducción por alquiler de vivienda en la cuota del IRPF. No obstante, se previó entonces una compensación a los contribuyentes perjudicados por el cambio. Compensación que, aunque afecta a pocas personas, aún pervive En muchos casos, es incompatible con la deducción por alquiler que contempla alguna comunidad autónoma.Según los datos de la última Memoria de la Administración Tributaria (año 2005) poco más de 90.400 liquidaciones del IRPF recogían esta compensación, por un importe total de unos 31 millones de euros.En la última campaña de la renta pudieron acogerse a la compensación todos los que tuvieran un contrato de alquiler anterior al 24 de abril de 1998 y la suma de la parte general y la especial de su IRPF fuera inferior a 21.035,42 euros, en tributación individual.Asimismo, el importe del alquiler debe suponer más del 10% de los rendimientos netos del contribuyente.
La Unión de Consumidores pide que se aclare si el 'cheque vivienda' tributa
Junto a la deducción fiscal para inquilinos, la ministra de Vivienda Carme Chacón anunció una ayuda directa de 210 euros al mes para jóvenes de 22 a 30 años.Las reacciones a este anuncio no se hicieron ayer esperar. La Unión de Consumidores de España (UCE) ha instado a la ministra a que aclare si estas ayudas generarán obligaciones tributarias, ya que, de ser así, la cuantía de las ayudas se reduciría notablemente.En la actualidad, determinadas prestaciones públicas como la recogida por nacimiento o adopción de hijos están exentas del IRPF, con lo que, del mismo modo, también podría quedar exenta la nueva ayuda pública.En un comunicado, la organización, que, con todo, acogió con 'satisfacción' el plan de ayudas al alquiler, consideró además que 'los jóvenes no son el único colectivo afectado por las dificultades de acceso a la vivienda'. En su opinión, las personas con escasos recursos, independientemente de la edad, deberían ser beneficiarias de esta ayuda.