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Protocolo

La familia Polanco comunica su pacto de estabilidad accionarial en Prisa

Los herederos de Jesús de Polanco han comunicado a la CNMV el pacto parasocial que garantiza la estabilidad de su control accionarial sobre Prisa, que poseen a través de la sociedad familiar Rucandio. Además, se comprometen a no transmitir sus acciones en el grupo antes de diez años, a menos que exista una decisión unánime de todos los hermanos Polanco Moreno.

La familia Polanco Moreno ha comunicado a la CNMV su acuerdo para mantener durante los próximos diez años la participación del 63,915% de la que disponen en el Grupo Prisa a través de la sociedad Rucandio, a menos que de forma unánime decidan vender. Ignacio, Isabel, María Jesús y Manuel Polanco Moreno, junto con su madre, Isabel Moreno, comunicaron ayer a la CNMV el pacto de su sociedad familiar Rucandio tras el reciente fallecimiento de Jesús de Polanco, que poseía el 50,356% de las acciones en régimen de usufructo y que ahora han pasado a ser de pleno dominio de sus hijos. El acuerdo, de diciembre de 2003, tiene por objeto impedir la entrada de terceras personas ajenas a la familia Polanco en Rucandio.

Así, 'con la salvedad de las transmisiones a favor de hijos y las aportaciones a sociedades patrimoniales', los firmantes del pacto se obligan a no vender las acciones de Rucandio hasta que transcurran diez años, que comienzan a contabilizarse a partir del momento del fallecimiento de Jesús de Polanco. El pacto contiene sin embargo una excepción. La transmisión de las acciones de Rucandio será posible antes de los diez años si así lo deciden unánimemente todos los accionistas Polanco Moreno.

El pacto de la familia Polanco contempla la misma limitación de no vender sus acciones antes de que transcurran diez años en el caso de las acciones que Rucandio ostenta directa o indirectamente en Prisa.

También en esta situación se mantiene viva la excepción de la unanimidad, por lo que en el caso de que todos los hermanos Polanco Moreno llegaran a un acuerdo unánime, 'sí será posible la transmisión antes del vencimiento del plazo anterior de diez años'.

El pacto contiene, junto a las anteriores cláusulas que se refieren a las fórmulas de transmisibilidad de las acciones, otras relativas al ejercicio del derecho de voto. En este sentido, se aclara que los accionistas tienen la obligación de asistir, 'personalmente o delegando el voto a favor de la persona o personas que acuerde el sindicato, a las juntas de socios de las sociedades, salvo acuerdo expreso del sindicato, y votar de acuerdo a las instrucciones acordadas por el sindicato'. Además, obliga a los firmantes a 'no ejercer individualmente ningún derecho como socio frente a las sociedades cuyo ejercicio previamente no haya sido debatido y acordado por la junta del sindicato'.

Ejercicio de voto y transmisión de acciones

Los pactos parasociales, como el comunicado ayer a la CNMV por la familia Polanco, son los que regulan el ejercicio del derecho de voto en las juntas o que restringen o condicionan la libre transmisión de las acciones y obligaciones convertibles o canjeables de las sociedades cotizadas.La familia Polanco es la máxima accionista del Grupo Prisa, editor de los periódicos Cinco Días y El País, propietario de la Cadena SER y socio de referencia de Sogecable.El consejo de administración del grupo acordó el pasado mes de noviembre que el hijo de Jesús de Polanco quien falleció el pasado 21 de julio, Ignacio Polanco Moreno, sería su sucesor en la presidencia.

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