La reforma eléctrica dificultará el acceso de terceros a las redes
Los motivos para negar el acceso a las redes eléctricas, que ahora fija con claridad la ley del sector, se fijarán a discreción del Gobierno tras la adaptación de la norma a la directiva europea. æpermil;sta, que aprobará en breve el Pleno del Congreso, quita poder a la CNE frente a las autonomías en la resolución de conflictos entre las eléctricas y sus competidores, como los eólicos, que necesitan utilizar redes.
El largo proceso para la transposición de la ley eléctrica y la ley de hidrocarburos a las directivas europeas sobre liberalización de los mercados energéticos, está a punto de superar el último trámite parlamentario: su aprobación por el Pleno del Congreso, que está prevista para el 14 de junio. Sin embargo, en el caso de la ley eléctrica, su reforma supone un retroceso en las reglas sobre el acceso a las redes de transporte y de distribución por parte de terceros que pueden fomentar la competencia, según denuncian fuentes del sector eléctrico.
La Ley del Sector Eléctrico de 1997 y su reglamento (desarrollado en un real decreto de 2000) establecen el derecho de acceso a las redes de transporte (las de alta tensión que gestiona REE) y de distribución (negocio regulado que explotan en régimen de monopolio las grandes eléctricas) de 'los productores, autoproductores, distribuidores, comercializadores, agentes externos, consumidores cualificados y ... los no nacionales autorizados que pueden realizar tránsitos de electricidad entre grandes redes'.
Este derecho sólo podrá ser restringido, añade la norma, 'por la falta de capacidad necesaria' y por razones exclusivas 'de seguridad, regularidad o calidad de suministro'. La resolución de los conflictos de acceso a las redes, que son muy habituales, es competencia de la CNE. En los casos de rechazo injustificado por parte de la distribuidora, el regulador impone el acceso, aunque ésta deba aumentar para ello la capacidad de su red. æscaron;ltimamente, abundan las denuncias de productores fotovoltaicos o eólicos que, con plantas de apenas 100 MW, se topan con la negativa de las grandes distribuidoras a liberar su producción.
A partir de ahora, según la ley reformada (concretamente, los artículos 38 y 42), 'la denegación deberá ser motivada atendiendo a las exigencias que a estos efectos se establezcan reglamentariamente'. En otras palabras, el proyecto de ley de adaptación de la directiva 'deslegaliza' los motivos que fija la propia ley, pues 'para modificar el derecho de acceso bastará que el Gobierno modifique el reglamento, que es un real decreto, sin tener que cambiar la propia ley', indican fuentes del sector.
En el caso de las redes de distribución, la cuestión se agrava porque, a partir de ahora, quien quiera pedir el acceso a este tipo de redes deberá 'disponer previamente de punto de conexión', algo que, en la actualidad, los agentes no hacen, por lógica, hasta no tener asegurado el acceso.
Además, en estos casos, las discrepancias que respecto a la conexión, las resolverá la comunidad autónoma correspondiente. Por tanto, podrá darse el caso de que, si no hay conexión, tampoco habrá conflicto de acceso, para cuya resolución los nuevos productores pueden pedir amparo al regulador energético. La ley permite a los generadores libertad de instalación, que puede verse coartada si no pueden liberar su energía en las redes .
Ley de hidrocarburos
Entre los cambios en el Senado sobre la ley de hidrocarburos, destacan los relativos a la mejora de la tipificación de las infracciones de las empresas que pongan en riesgo el suministro. En el caso de las islas, en tanto no tengan acceso al gas natural, se fija un sistema de tarifas para el gas propanado que utilizan ahora. Asimismo, la ley especifica qué tipo de productos tienen la consideración de biocarburantes.
Por su parte, las enmiendas que otorgaban más autonomía a la CNE han sido retiradas hasta mejor ocasión.
Pactado con el PP
La reforma de la ley eléctrica y la de hidrocarburos ha sido pactada con el PP, lo que ha dejado fuera numerosas iniciativas de los nacionalistas. Estas reformas están vistas para sentencia, ya que el Congreso sólo puede cambiar lo que ha tocado el Senado.
Una sentencia en contra y otra por llegar
El retraso en la adaptación de las directivas de liberalización de los mercados energéticos, algo que debía haberse producido en junio de 2004, ya le ha costado a España una sentencia en contra del Tribunal de Justicia europeo, en el caso del gas, y otra denuncia de la Comisión Europea, en el de la electricidad.Fuentes del departamento comunitario de la CE aseguran que Bruselas archivará los expedientes tan pronto como reciba la notificación del Gobierno español sobre la adaptación de su normativa, informa Bernardo de Miguel. Pero eso no tiene por qué suponer el final de los conflictos entre Madrid y el comisario de Energía, Andris Piebalgs. El letón deberá verificar ahora que las leyes que está a punto de aprobar el parlamento español cumplen el espíritu y la letra de las directivas comunitarias. Pocos Estados lo han conseguido. La CE ha abierto expediente contra 15 por incumplimiento de la normativa. Contra España, además, ya tiene abierto un procedimiento por el sistema de tarifas reguladas.En cualquier caso, en tanto las reformas de la ley eléctrica y la de hidrocarburos siguen la vía administrativa comunitaria (carta, dictamen y, en su caso, recurso al Tribunal de la UE), en cuanto superen el trámite de su aprobación por el Pleno del Congreso, podrán entrar, sin más, en vigor.