La función real de la incapacidad
Las prestaciones económicas por incapacidad temporal que abona la Seguridad Social son su capítulo del gasto contributivo más errático. El carácter subjetivo de la adjudicación del derecho lo convierte en un elemento de difícil control por parte de la autoridad financiera, pero tal control se escapa casi por completo de las manos cuando el derecho lo concede una Administración (sanitaria y cedida a las comunidades autónomas) y el coste corre a cargo de otra (la caja única de la Seguridad Social).
Desde que se universalizó la protección por incapacidad temporal en los trabajadores por cuenta ajena, hace ya más de 20 años, los intentos por controlar el crecimiento del gasto han sido prioridad financiera en cada Administración, y el éxito nunca ha sido pleno. Ahora, extendido como está incluso a los trabajadores por cuenta propia, la exposición a un crecimiento desmesurado de esta partida de coste corre el riesgo de convertirse en una peligrosa espiral de gasto social.
La incapacidad temporal proporciona la prestación en caso de baja laboral ligada a accidente de trabajo o enfermedad profesional, bajo fiscalización de la sanidad pública. Pero se ha convertido en muchos casos en un mecanismo de refugio de excedentes en casos de pérdida de actividad de las empresas, en un formato de abuso de la protección pública para salvar crisis de demanda en determinados sectores, especialmente en trabajadores próximos a la jubilación. Para eso ya están los sistemas de protección por desempleo, que disponen de financiación específica y gozan, al menos ahora, de excedentes financieros.
Pero, para evitar perversiones en la protección por incapacidad, la normativa debe unificar el criterio de concesión y prórroga del derecho, y poner en manos de quien soporta la carga económica el control de ambas cuestiones. La intervención de los médicos de la Seguridad Social en la revisión de las bajas de más de un año ha supuesto prácticamente su liquidación. Este es el mejor ejemplo de que una gestión unificada surte efectos laborales y financieros.