'El notariado puede y quiere colaborar contra el blanqueo'
Conoce a fondo una profesión que ha ejercido durante décadas y cuyos intereses ha defendido de forma activa. José Aristónico García respalda la labor del notario en el control de la legalidad, pero advierte que debe ser compatible con su deber de confidencialidad
A José Aristónico García no sólo le apasiona su profesión, sino que se le nota. Con cuatro décadas de trayectoria a sus espaldas, ha sido notario en Málaga, primero, y en Madrid, después, plaza que ocupó en 1976 y en la que se ha jubilado. Decano del Colegio de Notarios de Madrid desde 2004, ha compaginado su labor profesional con una labor activa en defensa de los intereses de su profesión y de la labor del notario. Una figura, en su opinión, que no siempre es percibida de forma correcta, algo que redunda en generalizaciones inexactas e injustas.
La semana pasada fueron detenidas 19 personas en Marbella por su presunta implicación en una red de blanqueo de capitales. Tres de ellas son notarios, de los cuales dos fueron ya imputadas en el caso Ballena Blanca. ¿Qué opina sobre estas detenciones?
Sin merma del respeto a las decisiones judiciales, creo que estas implicaciones de los notarios vuelven a responder a un efecto mediático. Nunca se ha condenado a un notario por implicación, connivencia, complicidad o participación en blanqueos. Estos notarios habían hecho, al parecer, todas las comunicaciones debidas al ârgano Centralizado de Prevención del Notariado, donde se centralizan los datos relevantes para detectar posibles blanqueos.
¿Cómo se pueden delimitar las responsabilidades de los notarios que constituyen sociedades utilizadas porsteriormente para fines delictivos?
El blanqueo suele practicarse a través de sociedades cruzadas que en todo el mundo se constituyen ante notario. Según mis noticias, a estos notarios se les ha implicado por haber constituido sociedades participadas por compañías gibraltareñas, a través de las cuales se efectuó después el blanqueo, y alguien entiende que el notario es cooperador necesario por haberlas constituido.
Es como considerar cooperador necesario de un crimen pasional al fabricante de la navaja con que se cometió. Ni éste ni el notario pueden adivinar el uso que se vaya a hacer de la navaja o de la sociedad constituida. Si se prohíbe por ley la actividad de las sociedades gibraltareñas - y hay más de 100.000- le garantizo que ningún notario español firmará una escritura más. Pero los notarios no pueden negar su ministerio si se les solicita y no aprecian ilegalidad.
Sin embargo, la ley obliga a los notarios a comunicar las sospechas que puedan tener sobre las operaciones en que intervienen.
Efectivamente. El notario cumple con rigor su deber de información. Nunca se le ha acusado de complicidad. Todo lo más se le podrá acusar de no haber comunicado algo de lo que presuntamente debió sospechar, pero no es lógico exigirle que sospeche siempre y que, además, acierte en sus sospechas. De todas las escrituras se deposita copia en Hacienda y todas se inscriben en registros públicos. En ambos sitios, dicho sea de paso, podrían los cuerpos especializados ejercer labor de investigación.
¿Quiere eso decir que considera muy gravoso ese 'deber de sospecha' que se les impone?
Quiero decir que la escritura notarial es neutra. Ni siquiera las sociedades en serie son indiciarias de nada. Hay abogados y asesores fiscales que las constituyen y las dejan en stand-by para urgencias de sus clientes. Hay padres que hacen tantas sociedades como hijos tienen para comprar en su nombre. Otro ejemplo, para que los parques fotovoltaicos gocen de subvención son necesarias series de centenares de sociedades idénticas. ¿Debe esto dar motivo para sospechar y denunciar?
Recientemente ha habido ciertas informaciones respecto a su supuesta destitución por parte del Gobierno como decano del colegio de Madrid. ¿Es eso exacto?
En absoluto. Al decano lo eligen democráticamente los notarios y el Gobierno no lo puede destituir. Hasta hace poco un notario jubilado, si tenía la condición de honorario como es mi caso, podía continuar en sus cargos colegiales. La reciente reforma del reglamento suprime esa posibilidad para el futuro, pero tiene una norma especial para regular la transición que no solo mantiene a los cargos, sino que incluso nos prorroga el mandato. Once notarios, de los más de 400 del colegio, han promovido una controversia y quieren defender que no se aplique la norma especial.
La Dirección General de Registros y Notariado se ha pronunciado sobre el tema. ¿En qué sentido lo ha hecho?
Efectivamente hay una insólita resolución, dictada sin oírme en clara indefensión, que se aparta diametralmente de la doctrina anterior de la propia Dirección General y que sorprendentemente califica de irregular mi nombramiento como notario honorario. Un nombramiento firmado poco antes por la directora que firma la resolución y que ahora pretende anular, sin respetar las garantías que la ley fija para que la Administración se desdiga de sus actos.
¿Quiere eso decir que van a recurrir la resolución?
Sí, la voy a recurrir, pero no por mantenerme en el cargo, sino en defensa de la autonomía de los Colegios, para evitar si prospera esta doctrina un vaciamiento del principio democrático y que se abra una peligrosa vía intervencionista al margen de la ley, con infracción del artículo 36 de la Constitución.
Su mandato expira a finales de año. En caso de que gane el recurso y continúe hasta esa fecha, ¿hay posibilidad de prórroga en el decanato?
Según el nuevo reglamento, los actuales cargos tenemos un año de prorroga, de la que yo no voy a hacer uso porque creo que es ilegal y éticamente inaceptable. Hecha una elección no cabe desvirtuar por decreto la voluntad de los electores ni aumentar el plazo por el que hicieron la elección. Pienso suspender voluntariamente su ejercicio hasta que los tribunales se pronuncien.
En defensa del deber de confidencialidad
Junto a los deberes de cooperación con la Administración que ya existían en materia de prevención de blanqueo de capitales, el nuevo reglamento que regula la profesión del notariado ha establecido una obligación más: la de colaborar con la Agencia Tributaria. 'Efectivamente, el nuevo reglamento nos ha impuesto la obligación de colaborar en la lucha contra el blanqueo de capitales y estamos completamente de acuerdo en que esa colaboración es positiva', explica José Aristónico García.Ese nuevo marco legal ha supuesto la creación del denominado Índice æscaron;nico Notarial, un instrumento que centraliza la información que están obligados a aportar los notarios.'El Índice æscaron;nico Notarial recoge casi íntegramente el contenido de las escrituras que constituimos los notarios y al que pueden tener acceso todas las Administraciones Fiscales, lo que vulnera la privacidad de las personas y deja muy maltrecho nuestro deber de confidencialidad', explica el decano del Colegio de Notarios de Madrid.José Aristónico insiste en que hay que colaborar con la Administración Pública e incluso que, en ciertos casos de naturaleza excepcional, los notarios deben facilitar toda la documentación de que dispongan. 'Pero debe ser en supuestos excepcionales. La privacidad de los ciudadanos y la confidencialidad que deben guardar los notarios, salvo en caso de que exista una autorización judicial, deben estar siempre garantizadas. Yo estoy de acuerdo en que hay que dar la información, pero creo que debemos ser nosotros quienes la demos y que esa colaboración debe hacerse bajo nuestro control', apunta.