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Normativa

Economía prevé tramitar el reglamento de opas en verano

La nueva normativa sobre opas estará en vigor a partir del 1 de agosto, después de ser aprobados ayer en el Congreso los cambios a la Ley del Mercado de Valores. La normativa está pendiente del desarrollo reglamentario, que se espera esté listo para cuando la ley entre en vigor.

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer, con la unanimidad de todos los grupos parlamentarios, la reforma de la Ley del Mercado de Valores en materia de opas y transparencia, que entrará en vigor el próximo 1 de agosto. Numerosos aspectos de la normativa, como el régimen de opas competidoras, o los plazos y trámites de aprobación, quedan pendientes del desarrollo reglamentario. Economía, con todo, prevé que el citado reglamento esté listo para la entrada en vigor de la ley.

Este texto tendrá forma de Real Decreto y será puesto en audiencia pública antes de pasar por el Consejo de Estado y ser aprobado, finalmente, por el Consejo de Ministros. No es necesaria tramitación parlamentaria.

La normativa fue aprobada ayer por unanimidad, después de que PSOE y PP pactaran distintas enmiendas durante la tramitación parlamentaria, pero eso no evitó una nueva confrontación por la opa de Endesa.

El portavoz adjunto del PP en el Congreso, Vicente Martínez Pujalte, pidió al Gobierno que respete la ley y la haga respetar, ya que, en su opinión, en el caso de Endesa el Ejecutivo no ha puesto los medios necesarios para hacer cumplir la normativa e, incluso, ha facilitado que algunas empresas actúen en fraude de ley. El socialista Antonio Cuevas lamentó que el PP centrara de nuevo el debate en la opa de Endesa y, tras defender la actuación del Gobierno, dijo que el reiterado interés mostrado por los populares no persigue defender a los ciudadanos, sino que busca que se mantenga el actual consejo de la eléctrica.

La regla del 30% de los derechos de voto

El accionista que, individualmente o en concertación, supere el 30% de los derechos de voto de una empresa, deberá lanzar una opa por el 100%. También estará obligado si nombra a más de la mitad del consejo de administración.Régimen transitorio. Para evitar arbitrajes entre la ley actual y la futura, los accionistas que tengan entre el 30% y el 50% de una sociedad cotizada no podrán reforzar su posición más de un 5% anual sin lanzar opa. Tampoco se podrá nombrar, en los próximos 24 meses, a más de la mitad del consejo.Compraventas forzosas. Si tras una opa un accionista controla más del 90% del capital, podrá forzar o ser forzado a la compra del capital restante a un precio equitativo.Reciprocidad. Las medidas sobre blindajes dejan de ser eficaces ante empresas oferentes que no estén sujetas a una normativa equivalente. Tanto el levantamiento de blindajes previos como el establecimiento de blindajes a posteriori deben ser aprobados por dos tercios del capital en junta de accionistas.Pendiente de regulación quedan los plazos y trámites de presentación de las opas, los sistemas de cómputo de derechos de voto, el régimen de opas competidoras, las reglas de prorrateo, las garantías que se deben aportar y la información que debe ser pública.

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