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Fiscalidad

Hacienda dará ayudas por investigador si se trabaja en exclusiva

El Gobierno aprobó este viernes un real decreto por el que se regula la nueva bonificación fiscal que incorporó en la reforma del IRPF y que consiste en una bonificación del 40% en las cuotas de la Seguridad Social para las empresas que contraten personal investigador.

La norma que dio luz verde el viernes el Consejo de Ministros exige que el investigador contratado se dedique en exclusiva a actividades de I+D+i. De esta forma, se excluye el personal que sólo dedique una parte de la jornada laboral a dichas actividades o a los que su labor consista en otras actividades, aunque se desarrollen en empresas que lleven a cabo proyectos de investigación y desarrollo.

Las bonificaciones tampoco se podrán aplicar al personal contratado por empresas cuya actividad en I+D+i esté ya financiada o subvencionada con fondos públicos

Desde enero

La aplicación de las bonificaciones es efectiva desde enero de este año, por lo que se puede solicitar a la Seguridad Social la devolución de las cantidades que, en su caso, hayan sido ingresadas en exceso en este ejercicio. Según los datos oficiales, del INE, en la actualidad hay 65.000 personas con la condición de personal investigador.

La nueva bonificación del 40% es una alternativa a la deducción en el impuesto de sociedades existente por I+D. Por tanto, las empresas podrán optar entre mantener esa deducción directa en el impuesto de sociedades o acogerse a la bonificación del 40% en las cotizaciones a la Seguridad Social.

La elección de una opción o de otra deberán comunicarla todas las empresas interesadas a la Agencia Tributaria.

El Gobierno prestará sin intereses para formación

El Consejo de Ministros dio luz verde a los 'préstamos renta', destinados a ayudar a los jóvenes graduados que deseen cursar estudios de posgrado. Frente a las becas tradicionales, este sistema se basa en un préstamo a fondo perdido. El estudiante devolverá su cuantía, sin pagar intereses, cuando haya conseguido un trabajo con ingresos mínimos de 22.000 euros anuales. Podrá solicitar hasta 22.800 euros, distribuidos en un máximo de 21 mensualidades. Si tras 16 años, no ha conseguido ganar más de 22.000 euros al año, queda extinguida su deuda.

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