El contribuyente sólo ahorra el 0,5% con las deducciones autonómicas
Las deducciones fiscales que permiten las comunidades autónomas son tan numerosas como irrelevantes, en términos recaudatorios. En el caso del IRPF, sólo representan un 0,5% de la cuota autonómica del impuesto o, lo que es lo mismo, los contribuyentes sólo se ahorran menos de un punto porcentual de la factura fiscal a pagar en su comunidad, mientras que el ahorro que obtienen por las deducciones estatales aplicadas en el mismo impuesto alcanza el 16%. Los asesores fiscales avisan del aumento de la complejidad tributaria
Un estudio que acaba de elaborar el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) sobre la evolución de las deducciones fiscales autonómicas desde el año 2001 hasta la actualidad pone en evidencia su limitado impacto en el bolsillo del contribuyente. A pesar de que estas deducciones se han multiplicado en los últimos años (hay hasta 40 tipos diferentes, repartidos por las 17 comunidades) su importancia en términos recaudatorios es 'insignificante'.
Las comunidades autónomas obtienen del IRPF cerca de 20.000 millones de euros al año (18.383 millones en 2004, en el último ejercicio del que se dispone de datos desagregados), procedente de la cesión del 33% del total de recaudación del tributo, según fija la actual ley de financiación autonómica. De esos 20.000 millones, sólo emplean 87,8 millones en bonificaciones fiscales (menor coste para el contribuyente), o lo que es lo mismo el 0,48% de la cuota autonómica del impuesto. En cambio, la Hacienda estatal concede 5.517 de los 34.200 millones que ingresa, un 16,14% de la cuota integra estatal.
Esta evolución se ha mantenido estable en los últimos cuatro ejercicios, por lo que ya se pueden sacar conclusiones de que ésta será, probablemente, la pauta a seguir en los próximos años, según indicó ayer Valentí Pich, presidente del REAF. Pich recalcó cómo el escaso ahorro para el contribuyente de las deducciones autonómicas se debe, en parte a la complejidad técnica de su definición. La mayor parte de ellas están fijadas bajo múltiples requisitos (umbral de renta y condiciones laborales), difíciles de cumplir por los contribuyentes, e incluso, casi imposibles de investigar para los órganos de inspección.
Los tributos ligados a la vivienda recaudan cinco veces más que por sucesiones y donaciones
Las medidas fiscales aprobadas para este año siguen por este camino de hacer 'más compleja aún la maraña de deducciones regionales'. De cara a la próxima reforma de financiación autonómica el REAF aconseja que se fije un marco claro de competencias normativas de forma que se apliquen pocas deducciones pero más potentes que las actuales. 'De nada sirve tener decenas de bonificaciones si son inaplicables', indica Luis del Amo, gerente del Registro.
Otra conclusión del estudio (analiza el conjunto de los impuestos cedidos a las regiones) es la importancia creciente para las comunidades de los tributos ligados a la vivienda, a los que cada vez les están sacando un mayor rendimiento recaudatorio, aprovechando el 'boom' inmobiliario. Por el impuesto de transmisiones patrimoniales y el de actos jurídicos documentados, las comunidades están ingresando 15.000 millones anuales (año 2005), cinco veces más de lo que lo hacen por sucesiones y patrimonio (3.468 millones).
Aquí, no sólo está influyendo el mayor crecimiento económico. Las comunidades se han lanzado a un incremento de los tipos de gravamen. En la actualidad casi todas ellas han elevado del 6% al 7% (el máximo permitido) el tipo para transmisiones patrimoniales onerosas, y del 0,5% al 1% el gravamen de actos jurídicos documentados.
El IVA hace la competencia a actos jurídicos documentados
Los asesores fiscales avisan de que la competencia tributaria se está dando, no sólo entre territorios (en un mismo impuesto) sino también entre impuestos.Un ejemplo lo constituye la posibilidad de que una empresa renuncie a la exención por IVA en determinadas compras. Si una empresa renuncia a esta exención, acaba tributando por este impuesto (recaudado mayoritariamente por la hacienda estatal), lo que le permite no tributar por el de transmisiones patrimoniales (recaudado por las comunidades). Ahora bien, sigue tributando por actos jurídicos documentados (cedido también a las comunidades). Por ello, algunas comunidades están elevando el gravamen sobre actos jurídicos para compensar la pérdida de recaudación derivada de las empresas que deciden tributar por IVA.Por otro lado, el REAF propone que se reduzca la tributación por operaciones societarias. 'El tipo del 1% es excesivo; perjudica la actividad económica', indica. El impuesto del patrimonio debería 'ser retocado también', subiendo los mínimos exentos y rebajando la tarifa.
Heredar puede costar hasta 8.000 euros más según la región
La disparidad normativa en impuestos autonómicos alcanza su máxima expresión en tributos como el de sucesiones. Los últimos cambios introducidos en los presupuestos autonómicos para 2007, en la línea de rebajas fiscales, permiten que para este año cerca del 40% de la población nacional esté exenta ya del pago de este tributo.Esta disparidad es tan relevante que el fallecimiento de un familiar puede resultar muy caro para los herederos, variando enormemente la tributación según la comunidad en donde resida el fallecido.Un ejemplo, incluido en el estudio del REAF, ilustra esta situación. Es el caso de una herencia de 860.000 euros (400.00 euros de una vivienda, 300.000 euros de un apartamento y 160.000 euros en acciones y cuentas corrientes) recibida por una viuda y tres hijos en un matrimonio que tributa por gananciales. Los patrimonios preexistentes de los herederos son 5.000 euros en uno de los hijos (17 años); 125.000 euros en otro (Cristina, 24 años y minusválida); y 6.000 euros en el último (Desirée, 26 años).Objetivo: no tributarEl juego de las deducciones y exenciones es tan brutal que en comunidades como Castilla y León (exento el impuesto al 99%) tan sólo se pagarían 8,61 euros por el conjunto de la herencia (sumado el impuesto a pagar por la madre y sus tres hijos). En Cantabria se pagarían 15,9 euros; en Madrid 101,2 euros. En cambio, en comunidades donde no se está exento del impuesto, como Andalucía, se pagarían hasta 8.508 euros por la misma herencia.La competencia en este impuesto hará que la tendencia sea a la eliminación del tributo en todas las comunidades, según el REAF. Esto, en cambio, no ocurre con el IRPF. A pesar de la múltiples deducciones en la cuota, ninguna comunidad, a excepción de Madrid ha decidido bajar los tipos de gravamen, dado su alto coste recaudatorio.